Cita:
Originalmente publicado por chachón
 Saludos a todos, como para gustos colores les diré que me apasiona la discusión-estudio-valoración, del nuevo RD.  Ahora lanzo otra cuestión, dentro de este RD se habla del Régimen Sancionador??
Me refiero a que unido a todos estos cambios el Estado debe decir que te pasa si no cumples no? Te fusilan, te hunden el barco, te quedas un turno sin tirar? Lo digo porque entiendo que esto debe estar regulado y estipulado y parece que no lo está.  
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No. Normalmente, salvo habilitacion expresa por una ley (que normalmente es para mero desarrollo), los reales decretos no pueden establecer infracciones ni sanciones, porque para eso hay reserva de legalidad. Esta todo en la Ley de Puertos, y el RD se remite expresamente a ella.