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Originalmente publicado por whitecast
Es como si un español con un coche alemán no tuviese que pasar itv y el gobierno les obligase a pasarla para circular por españa , una locura total !!!!!
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Comparar un coche con un barco es de una clarividencia supina...jejejeje no habia yo visto este animado post del amigo white rey del corta y pega...
Lo primero es que el parlante a que el amigo cortaypega alude es un funcionario, él puede decir que van a hacer o dejar de hacer, pero la maquinaria legislativa es la que hace y deshace y no es lo que diga él sino lo que se determine por una ley que tiene que ser bien estudiada para no contravenir tratados internacionales etc...
y en este caso ya empezamos con que la nueva redacción Francesa es discutible en alguno de sus puntos y podria ser recurrida por chocar frontalmente con los tratados internacionales sobre la soberanía que todo pais ejerce dentro de un buque de su pabellon, pero en el caso Frances, como explica algún cofrade, viene a ser un requisito para embarcaciones destinadas operaciones mercantiles, es decir al negocio, por lo que para hacer negocios en Francia con una embarcacion, si que puede el estado intervenir y regular los requisitos puesto que una embarcacion dedicada a negocio, se convierte en un centro de trabajo, y ahi si puede entrar a regular un pais, ya que la normativa aplicable a los centros de trabajo en cuanto a los requisitos de seguridad que deben reunir en el ejercicio de sus actividades si es materia de regulacion del pais anfitrion, sea o no de la UE el pabellon del barco que ejerce dicha actividad.
En lo mentado sobre la navegación en agua jurisdiccionales de buques de pabellon extranjero en todo caso esta sujeta al derecho de paso inocente hay mucho que discutir en este asunto y demasiado largo para exponerlo aqui pero dicho derecho es independiente de donde tenga el barco de pabellón extranjero su puerto base, paso inocente se aplica a cualquier barco extranjero que se encuentre navegando por otro país firmante del tratado en este caso el convemar, simple y llanamente.
Sin tocar el tema de que es una clara discriminación, ya, el hecho de exigir, como esta ocurriendo aqui, la titulacion según la residencia o nacionalidad dentro de una embarcacion de pabellon de otro pais, algo, que es recurrible, y si no se ha recurrido es porque a muchos nos parece que tener un minimo de titulación para llevar un barco, es necesario, si entrar en otras disquisiciones...
Fuera de esto lo de que la pinza se cierra, es un comentario mas bien de alguien a quien se le va la pinza con frecuencia, para polemizar con diversas chuminadas, por lo que como acertadamente comenta Markuay, seguiremos el dicho de :
GRITAN LUEGO...CABALGAMOS



