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Antiguo 31-08-2017, 22:24
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Capitán pirata
 
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Predeterminado Hace falta registrar y matricular una embarcación de recreo en españa

Pues eso es lo que planteo.

Por indicación de un jurista estaba mirando esta ley del 2014.

Ley 14/2014, de 24 de julio, de Navegación Marítima.

cuando me encuentro con este artículo

Artículo 69. Bienes inscribibles.

1. Todos los buques, embarcaciones y artefactos navales abanderados en España deberán obligatoriamente inscribirse en la Sección de Buques del Registro de Bienes Muebles.

2. Sin embargo, será potestativa la inscripción de los buques, embarcaciones y artefactos de titularidad pública.

También será potestativa la inscripción de buques y embarcaciones de recreo o deportivos. Los derechos de garantía, reservas de dominio y prohibiciones de.........


vamos... claramente dice que es POTESTATIVO inscribir embarcaciones de recreo.

¿se puede ir sin registro? y sin matricula?



os dejo el link del boe

https://www.boe.es/diario_boe/txt.ph...OE-A-2014-7877
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