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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#11
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Muy Bien Trabañarru, de lo que de igual modo tenemos que:
Artículo 8.– Balizamiento de los aparejos y artes. 1.– El balizamiento de los artes y aparejos fijos se efectuará en ambos extremos mediante boyas de color rojo, provistas de reflector de radar y de un mástil vertical de 2 metros de altura como mínimo, en el que incorporará bandera roja de 50 por 40 centímetros y luz blanca durante la noche visible a una distancia de 2 millas. En caso de que la longitud de los artes fijos supere las 2 millas, se balizarán de idéntica manera a intervalos de 1 milla. 2.– El cabecero situado más al norte o más al oeste llevará, según sea de noche o de día, dos banderas superpuestas verticalmente o dos luces blancas de las medidas o características anteriormente señaladas. 3.– En la parte visible de las boyas figuraran la matricula y folio de la embarcación así como la indicación del tipo de arte, que se hará constar mediante iniciales de acuerdo con la siguiente clave: (B) betas o mallabakarras, (T) trasmallos, (A) aparejos y (N) nasas. ..aquí ya nos están diciendo que Y en vez de O ..no soy jurista ni lo pretendo.. pero si se o creo saber que ese detalle en muy importante, no ? ![]() |
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