La Taberna del Puerto Sergio Ponce
"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." Altair
VHF: Canal 77   
Regresar   La Taberna del Puerto > Foro > Foros Náuticos > Cuestiones legales y Asociaciones

Avisos

 
 
Herramientas Estilo
  #11  
Antiguo 19-02-2011, 23:21
Avatar de arcadio
arcadio arcadio esta desconectado
Grumete Pirata
 
Registrado: 19-02-2011
Edad: 54
Mensajes: 18
Agradecimientos que ha otorgado: 1
Recibió 4 Agradecimientos en 4 Mensajes
Sexo:
Question Re: Real Decreto 1435/2010, sobre abanderamiento y matriculación

Buenas:
Llevo un buen rato repasando todo este hilo, y repasando el RD...
no me termino de aclarar, aunque se que la culpa es mìa por no entender bien este tipo de textos...
En breve adquiriré una embarcación nueva (la están fabricando), una semirrígida de 5 mts.que quiero poder usar en zona 4 (12 millas)
Se que acabo de llegar y no puedo estar pidiendo, pero agradecería algunas respuestas concretas a ver si me aclaro
Matriculación/inscripciòn:
Entiendo que la nueva ley me facilita las cosas en cuanto a papeleo, pero no se realmente qué ventajas tiene y qué inconvenientes, es decir ¿matriculo la barca o simplemente la inscribo?
-¿qué tengo que pagar en cada uno de los casos?
Radio y demás...:
he comprado una emisora digital y una sonda plotter, ¿tengo que solicitar LEB y mmsi? ¿qué ventajas o desventajas tiene?
Gracias de antemano y saludos

ah! y unos rones canarios!
Citar y responder
 

Sergio Ponce

Etiquetas
abanderamiento, matriculacion

Herramientas
Estilo

Reglas del foro
No puedes crear discusiones
No puedes responder a mensajes
No puedes editar tus adjuntos
No puedes editar tus mensajes

BB code está activado
Emoticonos está activado
El código [IMG] está activado
El código HTML está desactivado
Ir a


Todas las horas son GMT +1. La hora es 03:30.


Powered by vBulletin® Version 3.7.0
Copyright ©2000 - 2026, Jelsoft Enterprises Ltd.
© La Taberna del Puerto