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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#11
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Hola John river:
El RD 1027/1989 no está derogado, el RD 1435/2010 tan solo ha establecido un nuevo procedimiento para la matriculación o inscripción para determinados tipos de embarcaciones de recreo. Lo único que ha cambiado es que a estas embarcaciones, se les aplica el nuevo procedimiento de matriculación o inscripción, fuera de eso, el RD. 1027/1989 les afecta. Para el resto de embarcaciones, esta íntegramente en vigor. Seguro que hay gente con más conocimientos de Derecho Marítimo y nos lo podrá aclarar, pero en lo básico, el Real Decreto 1027/1989 al ser una norma Española no afecta a personas o empresas de otra nacionalidad o que residan en otros países. Si una naviera crea una sociedad con domicilio en otro país, se regirá por las normas de ese lugar. Saludos. |
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