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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#11
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Hola Cofrades,
Como os comentaba, he seguido con la ronda de consultas a otras empresas de ITBs, y os pongo textualmente mi consulta y la respuesta: Hola, Tengo como objetivo pasar de mi actual Zona de navegación (4) a Zona 2. Por lo que he podido leer, parece ser que con el nuevo certificado de navegación, el armador es el responsable de llevar lo necesario para la zona de navegación por el cual navegue, siempre y cuando la categoría del barco (en mi caso “A”) y además tenga el logotipo “CE” (también lo cumplo). Por esa razón, me pregunto si es necesario pasar una ITB para un cambio a Zona 2 (velero de 9,70 metros de eslora, Lista 7ª y hasta el 2015 no tengo que pasar la ITB obligatoria), y en caso afirmativo, si se puede hacer sin la balsa, ya que cuando lo necesite la alquilaré. La radiobaliza, la VHF Portátil y el resto de elementos radioeléctricos, están correctos. La respuesta ha dido la siguiente: La idea inicial del nuevo certificado de navegabilidad si que era la que comenta. No obstante, la inspección adicional por cambio de zona sigue siendo obligatorio y la balsa debe encontrarse abordo (para el despacho y/o permiso de navegación en zona 2 le solicitarán la documentación de la balsa salvavidas), por lo que lo del alquiler no es viable para una embarcación en zona 3 o superior. Ya me direís que os parece ... Es decir, dos empresas de ITBs de Barcelona dicen los mismo y Capitanía también ![]() ![]() |
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