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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Hola, gracias a todos por contestar.
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En cuanto a la Benemérita, ¿tanto paran un barco? ¿más de 35 veces en un año? En los barcos que he ido yo, siempre en verano, nunca los he visto cerca, y por supuesto nunca nos han parado. Pero en cualquier caso, es legal que alguien me deje su barco y yo navegue en él. Lo ilegal sería que yo le pagara, que me lo estuviera alquilando. Si me paran y no está el armador no pueden demostrar que el barco esté alquilado, me lo podría haber dejado durante un año, no? O se lo podría haber cambiado por mi coche, o por alojarse en mi casa durante ese año... no sé, ¿tan claro tienes que la G. Civil pondría problemas? Cita:
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Carlos, repito que te veo muy convencido y parece que sabes de lo que hablas, me podrías ayudar diciéndome porqué lo tienes tan claro. como bien dices, no quiero incurrir en ningún disparate. Y en cuanto a lo de que a estas alturas del post no he aparecido, dame tiempo! Puse el mensaje ayer a las 11 y pico. Hoy he estado trabajando, haciendo un poco de deporte y al volver a casa atiendo un rato a los niños, hablo con mi mujer, cena, cuento y cuando se duermen los niños ya tengo tiempo para navegar aunque sea por los internetes. No abandondes el barco, que aprecio tus comentarios.Cita:
Repito mis agradecimientos a todos los que habéis contestado, Saludos!! |
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#2
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mira que es facil... pero no, hay quien se empeña en "mal informar" siempre estamos con lo mismo...
Listas de Registro Se denominan Listas al sistema organizativo mediante el cual los buques, embarcaciones, plataformas o artefactos flotantes, quedan adscritos al tonelaje o actividad que desarrollan. En la Lista 6ª se registrarán las embarcaciones deportivas, o de recreo que se exploten con fines lucrativos. En la Lista 7ª se registrarán los buques y embarcaciones cuyo uso exclusivo sea la práctica del deporte o recreo, sin propósito lucrativo o la pesca no profesional. Fuente: http://www.fomento.gob.es/MFOM/LANG_...ones/Registro/
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pumuky (27-03-2012) | ||
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#3
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Quizas la Guardia Civil del Mar os aconsejara mejor cuando le expliqueis que tan solo teneis un trato personal y amigable por el cual un Cofrade armador presta una embarcacion propia a otro que si es Cofrade pero no armador, a cambio de pongamos 8mil euros para que el pobre armador anteriormente mencionado pueda asumir los inasumibles costes de amarre, antifouling y seguro de esa embarcacion tan amigablemente prestada sin animo de lucro, eso si, todo en una comoda lista 7ª la cual no devenga impuesto de sociedades, IVAS, y otros sujetos fiscales. Quizas los que aconsejan que no pasa nada, vivan en el pais de Cenicienta, y creen que la G.C. es Blancanieves que todo lo comprende, cuando se le bien explica si cabe con cariño sumiso, pero La Guardia Civil del Mar no esta para "CUENTOS", yo prefiero aconsejar, eso si sin animo de lucro, o segun se entiende MAL-ACONSEJAR, que para eso estamos en esta Taberna, para beber pero tambien para evitar MALES MAYORES dentro de esta aficion comun nuestra que es la nautica. Bueno, alla cada cual ...... ![]() |
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#4
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Yo estoy de acuerdo con carlos g., si no es lista sexta, es ilegal.
Lo curioso es que no se me ocurre ninguna fórmula legal para alquilar durante 1 año seguido. Quizás 1 leasing? |
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#5
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Es una de las formulas legales, un leasing es un arrendamiento financiero, que en la mayoria de los casos la ultima cuota equivale al valor residual y te haces propietario. Este no es tu caso. Lo que solicitas con todas las de la Ley es un Renting. Es decir un alquiler sin querer adquirir el bien. 1.- El armador atenazado por las deudas vende su barco a una empresa de leasing por una cantidad razonable. el contacto lo facilitas tu a la empresa de renting. 2.- la empresa de renting, paga al armador, contrata un seguro a todo riesgo, pasa inspecciones, lo cambia de lista, ..... todos los gastos necesarios etc, etc. 3.- Como la empresa no quiere riesgos ni barcos pacta que el armador recomprara el bien a un precio determinado y a una fecha determinada.Tal y como comentas 4.- La empresa te alquila el barco con todos lo papeles, seguros, y demas sacramentos en una carpeta para enseñar a la g.c. Impecable. Si os parece extraño, se de operaciones de renting sobre vacas de leche, con garantia de recompra a precio de carne.(totalmente en serio). O hipotecas navales sobre bateas. En este mundo hay de tó ![]() Supongo que tiene sentido para un petroyate. pero si sumas compañia de renting, notarios, impuestos, registros, seguros..... pues para el presupuesto que manejas, pagas dos barcos enteros. Tienes dos opciones. -Para 8.000 euros, el año pasado compre mi primer barco (un serviola 23) por poquito mas. Me da no se que pensar que una sola persona pueda vivir en el, yo apuntaria un poquito mas largo. -Para considerar como gasto 8.000 euros, te compras un barco de ocho o diez años (con la depreciacion por antiguedad hecha) de 20.000 euros, y al año lo vendes por 12.000. Me lo quitan de las manos oiga!!!. de 30.000 a 22.000 euros tambien. Siempre y cuando tengas acceso a financiacion ajena, claro. Mi humilde recomendacion que si tienes 8.000 leureles disponibles para gastar, y dado que el biencomprar esta asegurado. Pues biencompra y malvende. Como piensas en pagar por un servicio y no hacer negocio, pues no tendras problemas. Espero haberte ayudado |
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#6
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Ahora tengo que estudiar las posibilidades de hacerlo con una embarcación con pabellón extranjero, o bien el contrato de alquiler con opción de compra. |
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Quim (28-03-2012) | ||
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#7
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Esta claro que para alquilar ha de ser lista sexta, pero...si te para la GC en un septima tu le quieres contar que tienes el barco alquilado y tal y tal?? tu le entregas la documentacion procurando que todo este en regla y tan pancho, nadie te obliga ni hay ninguna ley que diga que tienes que decir que le pagas al armador por dejarte navegar, el problema esta en el contrato, el contrato tiene que ser a titulo personal y apoyado por notario y no tiene porque salir a la luz si ambas partes cumplen con el
Yo voy con un 7ª alquilado a un amigo, quien lo va ha saber? el y yo, y no tengo porque decirselo a nadie mas, tanto si es una autoridad o no, si te paran tu eres el patron y el otro es el armador, y punto con los amarres pasa mas o menos lo mismo, la mayoria de los de alquiler son en B, no se declaran ni devengan ivas ni venias, pero hay un contrato privado donde expone los intereses de cada una de las partes por si despues de pagar un año a la semana siguiente te quiere echar Las cosas son mas sencillas de lo que parece, los 6ª tienen que declarar y entran en ese juego porque el barco no les cuesta lo mismo que a un particular, y lo hacen para poder explotar el negocio, pero los hay en 7ª que hacen exactamente lo mismo que ellos con barcos propios, solo hay que ver en el club singles barcelona la cantidad de alquileres no demostrables que se hacen entre particulares semana tras semana SALUT ![]() ![]()
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Lo malo de las mentes cerradas es que siempre tienen la boca abierta |
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#8
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Además del problema de la lista 7ª que, efectivamente, es únicamente para embarcaciones sin fines lucrativos (y que por lo tanto, según la ley, no se pueden alquilar), está el problema del seguro. Si hay algún percance, supongo que el seguro podrá acogerse a la situación de ilegalidad o alegalidad para evitar hacerse cargo del siniestro... Vamos, se me ocurre a mí
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El mar. La mar. El mar. ¡Sólo la mar! -Rafael Alberti-
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#9
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Buenas:
Las viviendas, sean pisos, casas o adosados se pueden alquilar sin problemas por largas temporadas, pero, NO se pueden alquilar por dias o semanas vacacionalmente si no estan registradas y dadas de alta para tal fin. Con esto intento de comparar de que quizas.. la lista 6 y 7 sea algo parecido, no puedes alquilar tu barco por horas ni por dias, pues seria una competencia desleal a las empresas que se dedican a tal fin, pero si se lo puedes alquilar por un año. Me ha entrado curiosidad en este tema, lo mirare y seguire el hilo a ver como queda. Un saludo y ... ![]() ![]() |
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#10
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Jolines vaya complicacion. ....
Lo importante seria que que existiera el otro cofrade al cual le viniera bien el trato que ofrece Pumuky el resto es solo apañarse entre cofrades y eso al menos nuestra experiancia nos dice que es facil. Por ejemplo¿ No se pueden hacer socios? ![]() ¿No puede cederle el 10% del barco?¿ No se pueden apañar entre ellos de alguna manera si les interesa a ambos?Y el trato que propone podria desahogar a mucha gente y hacer que no tuviera que desprenderse de su barco y encima tenerlo cuidado durante un año. Pumuky que tengas suerte y encuentres el cofrade a quien tu trato le haga no desprenderse de su ![]() ![]() |
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#11
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Vuelva a decir que si yo le alquilo mi barco a alguien nadie tiene porque saberlo, si la GC lo para con enseñar titulo, seguro, certificado y lo que le pidan, si esta correcto, ningun problema, otra historia es si paran a un 6ª, van a pedir desde el contrato de arrendamiento hasta la fe de bautismo del que coloco el timon No hay nadie entre nosotros que este pagando un alquiler de amarre sin IVA? eso tambien es ilegal, pero lo vas publicando? pues es lo mismo, a quien le importa si yo pago por uso y disfrute de un barco? lo vas a publicar en la vanguardia? que no es correcto? puede ser, pero quien me lo impide? quien lo va a saber? enfin...no le veo el mas minimo problema, hay infinidad de barcos en el area de barcelona que alquilan el barco como vivienda SALUT ![]() ![]()
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nautic (28-03-2012) | ||
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#12
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Cita:
El mal consejo es decirle que no hay problema en hacer eso. saludos cordiales (de alguien que alquila barcos en lista 6ª)
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nautic (28-03-2012) | ||
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