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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#19
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Quizás no ha hecho las prácticas obligatorias!!
Artículo 9. Habilitación para el gobierno de embarcacio- nes a vela. Para el manejo de embarcaciones a vela será preciso obtener previamente la habilitación para su gobierno, para lo cual será necesario realizar, además de las prácti- cas básicas de seguridad y navegación establecidas para cada título, prácticas en embarcaciones de vela, en las condiciones previstas en el artículo 17. Artículo 17. Prácticas para obtener la habilitación para el gobierno de embarcaciones a vela. Las prácticas para obtener la habilitación a vela se realizarán una sola vez, y tendrán validez para acceder a cualquiera de los títulos de capitán de yate, patrón de yate y patrón de embarcaciones de recreo. Su duración no será inferior a veinte horas, de acuerdo con lo establecido en el anexo IV. Para la obtención del título de patrón para 45054 Sábado 3 noviembre 2007 navegación básica, habilitado a vela, podrá realizarse indistintamente la práctica anterior, o una práctica especí- fica de ocho horas, de acuerdo con lo establecido en el anexo IV. El certificado de prácticas para obtener la habilitación para el gobierno de embarcaciones a vela de Comunida- des Autónomas que no hayan asumido las competencias en materia de enseñanzas náutico-deportivas incluirá los contenidos mínimos del modelo que figura en el anexo VIII, y se emitirá en hoja con membrete de la escuela. La Comunidad Autónoma que haya asumido compe- tencias en materia de enseñanzas náutico-deportivas y no utilice dicho modelo, publicará el que al efecto establezca; además lo comunicará a la Dirección General de la Marina Mercante y a las otras Comunidades Autónomas, para su conocimiento y efectos correspondientes. ANEXO IV Prácticas para obtener la habilitación para el gobierno de embarcaciones a vela A Las prácticas específicas para la navegación a vela se realizarán en una única vez y es válida para todas las titulaciones, excepto el Patrón para Navegación Básica, y se efectuarán de acuerdo al siguiente programa: A.1 Conocimiento de un aparejo marconi: Palo, cruce- tas, botavara, tangón, estais y obenques. Drizas, amanti- llos, trapa, escotas y contras o retenidas. Vela mayor y foque. Sables, grátil, baluma y pujamen. Relinga, puños de escota, de amura y de driza. Winches. A.2 Maniobras de dar el aparejo y cargarlo: Libre a sotavento, necesidad de poner proa al viento, orden a seguir en el izado y arriado de las velas. A.3 Gobierno de una embarcación a vela: Arrancar. Angulo muerto, ceñir, través, a un largo, en popa. Dete- ner la arrancada: Aproarse, fachear, acuartelar y pai- rear. A.4 Influencia de las posiciones del centro vélico y de deriva en el gobierno. Abatimiento. La orza. Corregir el rumbo a barlovento. A.5 Forma de virar por avante y en redondo. Diferen- cias entre ellas. Necesidad de controlar la escora: carro a sotavento y apertura de la baluma. Aplanar velas. Reduc- ción de la superficie vélica, cambios de vela, rizos y enrolla- dores. Fondear y levar. A.6 Recogida de hombre al agua a vela con vientos portantes o ciñendo. A.7 Mal tiempo: uso del arnés, velas de capa y tormentín. B Las prácticas específicas de navegación a vela para Patrón para Navegación Básica se realizarán de acuerdo al siguiente programa: B.1 Conocimiento de un aparejo Marconi: Palo, botavara, obenques y estais. Drizas, trapa y escotas. Vela mayor y foque. B.2 Dar y cargar el aparejo. Arrancar y detener la arrancada. Ceñir, navegar de través y con vientos portantes. Virar por avante y en redondo. Fondear y levar a vela. B.3 Maniobra de hombre al agua a vela. |
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