Cita:
Originalmente publicado por MATALPA
Gracias.
Para la liquidación del ITP, ¿se emplean tablas de valoración de Hacienda o el valor del contrato de compraventa, o el mayor de los dos?
Saludos
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El mayor de los dos (como no) Y dicho esto Gestoría Guiral tiene razón: la base imponible es el valor del barco. Se supone que el valor del barco es el precio del contrato, pero si lo declaras por un valor inferior al de las tablas te pueden revisar. Entonces entrarías en la discusión de si las tablas se ajustan al valor real del barco por diversas circunstancias como las que te han dicho.
El problema de esto es que si quieres tener una posibilidad de ganar en el procedimiento de revisión tienes que incurrir en una serie de gastos de profesionales (abogado, perito) que pueden hacer que te cueste más la salsa que el pollo. Aparte del malestar que le produce a muchas personas el tener un procedimiento de revisión abierto de revisión de tributos.
Por otra parte ten en cuenta que para calcular el valor del barco tienes que sumar el del casco y el del motor. Son tablas distintas.