Cita:
Originalmente publicado por Pepota
No hay que pasar por caja,cuando entre en vigor automaticamente,sin renovar papeles,pasas a los 15 metros.
Tendras que pasar por caja si te compras un barco de 15metros.
Tambien pasaras por caja si quieres 24 metros e ir a las Baleares.

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La Disposición Adicional Sexta dice:
Disposición adicional sexta. Títulos adquiridos en aplicación de la Orden FOM/3200/2007, de 26 de octubre, por la que se regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo.
Los poseedores de títulos obtenidos al amparo de la Orden FOM/3200/2007, de 26 de octubre, por la que se regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo,
podrán optar bien por conservar dichos títulos con las atribuciones que confieren los mismos o bien canjearlos por los títulos regulados en este real decreto, conforme a lo previsto en la disposición adicional siguiente.
Por lo tanto: si no canjeas, lo que mantienes son las atribuciones de tu antiguo título, en el caso de la Orden FOM/3200/2007, 12 metros de eslora.
Salvo que yo me equivoque al interpretar dicha DA 6ª, eso es lo que entiendo.
