Pregunta, si la nueva normativa (20/1/16) En 2016 desaparece el criterio Zona de Navegación (aguas interiores, zonas costeras, alta mar, etc.) en la categoría de diseño de los barcos. A partir de ahora, la categoría de navegación queda asociada al concepto de condiciones meteorológicas. Cada barco tendrá asignado a priori un límite de viento y de altura de olas en el que estará autorizado a navegar, que pasa si te pilla un temporal repentino veraniego y supera la normativa, te multan al entrar a puerto? si es asi ni de coña entro.
Imaginaros un día de esos perfectos para ir rizado y disfrutar de un poniente de invierno, no puedo salir del puerto? En fin.. para mear y no echar gota.
