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#1
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Cuando aumentaron las atribuciones de los PER para equipararlos al resto de países lo hicieron para todos. De todas formas son directrices europeas falta llevarlo a la normativa española. En cualquier caso no deja de ser bastante absurda la diferenciación entre dos, cinco y doce millas. Es algo desfasado que no responde a otra cosa que a la burocratización secular que tenemos en España. Lo lógico sería primar el estado meteorológico, elementos de seguridad y titulación del Patrón.
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Caminante no hay camino sino estelas en el mar... Editado por Wolfo en 25-01-2016 a las 11:39. |
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#2
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De momento es una directiva europea, ahora falta que cada pais miembro la trasponga en forma de ley, esta es la cuestion, de todas formas como indique antes, ninguna ley puede hacer ilegal lo que un dia lo fue.
De todas formas, la directiva hace referencia al diseño, no a su ambito de utilizacion, esto es lo que casa pais miembro interpreta un poco a su criterio. |
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#3
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. Slava Ukrayini!.
Editado por markuay en 25-01-2016 a las 11:53. |
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#4
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La única diferencia que puedes encontrar a 12 millas es el tráfico mercante y a dos millas en Gijón ya lo topas. Lo que tienes que hacer es conocer las normas de navegación pero eso es a dos y a dos mil millas.
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Caminante no hay camino sino estelas en el mar... |
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#5
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O sea, nada que ver, si en nuestra farragosa legislacion hay algo con un poco de sentido, es precisamente esta diferenciacion de categorias que se basa por una parte en el tamaño del barco, es evidente que algunas embarcaciones estan muy limitadas por su diseño o tamaño para segun que cosas por muchas normas que se sepan. ![]() ![]()
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. Slava Ukrayini!.
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#6
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Caminante no hay camino sino estelas en el mar... |
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#7
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Uno de 10 es suficiente para que termines rezando si estas metido en un carajal con olas de varios metros rompiendo cun la barquita descubierta de 4 metros de eslora..
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. Slava Ukrayini!.
Editado por markuay en 25-01-2016 a las 12:48. |
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#8
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Si terminas rezando por uno de diez millas entonces mejor no salgas al mar porque los problemas los puedes tener en un cuarto de milla.
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Caminante no hay camino sino estelas en el mar... |
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#9
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Cuando aumentaron las atribuciones de los PER para equipararlos al resto de países lo hicieron para todos. De todas formas son directrices europeas falta llevarlo a la normativa española.
Cierto, lo hicieron para todos lo que se examinan con la nueva normativa, yo tengo el mio sin actualizar y nadie me ha dicho que sea ilegal, lo que no te se decir es que ocurrida el dia que me toque renovarlo, tendre que actualizarlo, podre mantenerlo, ya vere cuando llegue el momento. |
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#10
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[quote=GMB;1870080]Cuando aumentaron las atribuciones de los PER para equipararlos al resto de países lo hicieron para todos. De todas formas son directrices europeas falta llevarlo a la normativa española.
Cierto, lo hicieron para todos lo que se examinan con la nueva normativa, yo tengo el mio sin actualizar y nadie me ha dicho que sea ilegal, lo que no te se decir es que ocurrida el dia que me toque renovarlo, tendre que actualizarlo, podre mantenerlo, ya vere cuando llegue el momento. Yo renové el mío hace poco y entiendo que las atribuciones son las mismas para todos los PER.
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Caminante no hay camino sino estelas en el mar... |
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#11
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En Europa hay legislaciones nacionales mas restrictivas y otras que directamente no legislan nada en materia de titulaciones, simplemente se cambiaron algunos conceptos haciendolos mas" laxos". ![]() ![]()
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. Slava Ukrayini!.
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a markuay | ||
jiauka (28-01-2016) | ||
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#12
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#13
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http://www.anen.es/ampiacion-de-las-...de-iniciacion/ Ciertamente en España tenemos un exceso de burocratización
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Caminante no hay camino sino estelas en el mar... |
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#14
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De igual forma, en algun momento, (seguramente cuando ya no tenga solucion) tomaran cartas en el asunto de las zonas de navegacion para reducir mamoneo administrativo, pero eso sera cuando ya no queden ni tres barcos con pabellon español. Pero diciendolo asi, quedaba mas civilizado y europeo. ¿En que nos hemos adecuado a la legislacion Belga, Holandesa, o Britanica? Pues eso. ![]() ![]()
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. Slava Ukrayini!.
Editado por markuay en 25-01-2016 a las 12:36. |
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#15
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Menudo país, todo pergiñado para dificultar la naútica recreativa, perjudicar al usuario, y multar por cualquier nimiedad al usuario.
Así estan los concesionarios náuticos, mirando las paredes y esperando algún incauto entre por la puerta para volver a abrir la caja.. La naútica deportiva en España esta comenzando a desaparecer poco a poco, la gente de mi puerto está harta de multas en la misma bocana del puerto, y de revisiones y ITB etc... En este sentido creo que deberíamos aprender mucho de EEUU dónde la naútica se fomenta de una forma lógica , no con tanta normativa y tutelaje....joder que somos mayorcitos y nadie se quiere meter en problemas en el mar, la gente es en un gran porcentaje sensata... O empezamos los usuarios a pedir que las normativas sean mas acordes a la las EEUU ( las pongo como ejemplo porque las conozco ) o desapareceremos todos de la naútica recreativa. |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a IMPULSES | ||
Dibujito (25-01-2016) | ||
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#16
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En cuanto a la sensatez del personal............................. ![]() ![]() ![]() Esto es Spañistan, solo tienes que mirar a tu alrrededor. ![]() ![]()
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. Slava Ukrayini!.
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#17
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Caminante no hay camino sino estelas en el mar... |
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#18
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Sinceramente, creo que regular una actividad es bueno para todos, siempre y cuando defina de forma clara donde empieza las responsabilidades y el alcance de estas.
Lo malo es que en este pais, las leyes se redactan en su forma mas compleja y ambigua, con claro fin recaudatorio. |
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#19
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Caminante no hay camino sino estelas en el mar... |
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#20
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Por definición, las normas legales no pueden tener efectos retroactivos cuando estos sean potencialmente desfavorables, por tanto, entiendo que los barcos anteriores a la norma mantendrán sus categorías de diseño de acuerdo con los criterios que regían hasta la entrada en vigor de la nueva normativa.
Por otro lado, y por definición, se entiende que cualquier barco con categoría A es transoceánico y, además, la transposición de esta Directiva a nuestra legislación supondrá necesariamente cambios en la normativa española, aunque dudo de que cambien las zonas de navegación tal cual las entienden actualmente. ![]() ![]() salud!!! |
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#21
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Mi aventura rodeando la península en solitario: http://veleroskorpyo.blogspot.com/ |
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#22
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Tiene alguna concordancia la clasificación SOLAS que llevan los buques antiguos, con la actual de zonas?, podría ser que las siglas que constan en los registros de la DGMM, donde dice clasificción SOLAS, tenga alguna correspondencia con las zonas de navegación, con las categorias A,B,.... o es algo que solo tenía algún sentido en aquellos años?
si el certificado de navegabilidad pone categoría de diseño Nada Módulo Nada y Zona de Navegación 6, tiene algo que equivalga a un SOLAS III/Q/4? Vaya lio!!!!!!!
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Rodeado de virus por todas partes (Isla Desespero) |
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#23
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Supongo que sera para los barcos de nueva construccion, no?...
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#24
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Bueno, ahora solo falta regular la capacidad real de los patrones con tiempo duro independientemente de la titulación que tengan. Igual nos llevamos sorpresas (o no tantas) y a algún Capitán de Yate le dan la categoría D y a un PER la A...
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#25
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Ni idea, sinceramente, siempre me pareció una cosa rara, la respuesta que se daba era más o menos que si te pillaba un F9 y el barco estaba preparado para ello, pues si venía más tendría que aguantar, aunque hay cosas que no las aguanta ni un portaviones...
En fin, supongo que nadie te va a garantizar que un barco pueda cruzar por en medio de un huracán sin que le pase nada- ![]() ![]() salud!!! |
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