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Antiguo 01-05-2020, 11:35
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papaventos papaventos esta desconectado
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Predeterminado Re: Última Hora: Se podrá navegar en Fase I

Buenos días.

Mi visión del asunto se aparta un poco de las apreciaciones que se están haciendo en el hilo. Seguro que a muchos no les gustarán.

En primer lugar, el documento expuesto no es una norma. El Director General de MM no tiene en este momento capacidad alguna para legislar en esta materia. Es una interpretación que hace de unas nomas que, en su mayor parte, aún no existen. Por eso habla de previsión y de interpretación según criterio de esta Dirección General. No obstante está mal redactada, porque esa interpretación según su criterio se refiere sólo a la fase III y después interpreta para todas las fases.

Lo dicho se señala en el propio documento:

“La previsión ya comentada de la autorización de actividades náuticas dentro de la fase III de esa transición a la nueva normalidad debe interpretarse, según criterio de esta Dirección General de la Marina Mercante, según dos premisas:” …

Y al final del informe:

De esta forma, la Dirección General de la Marina Mercante considera

El hecho de que se trate de una interpretación sobre una normativa que todavía no existe, excepto para la fase 0, implica que, en la medida que la autoridad competente, el Ministro de Sanidad, introduzca cambios en las fases sobre lo que han anunciado como previsiones, cosa que por otra parte ha sucedido continuamente, las interpretaciones realizadas por MM quedarán vacías de contenido, o les faltará contenido, o vaya usted a saber.

Prueba de ello, es que como el informe se hizo antes de que la fase cero fuera una norma publicada, ya es esa fase no incluye algunas limitaciones previstas en dicha norma. Aquí a algunos les va a sentar mal mi INTERPRETACIÓN, pero vamos, la voy a poner.

La fase cero ya es norma oficial publicada en el BOE, y señala:

Artículo 2.2 A los efectos de lo previsto en esta orden, queda permitida la práctica no profesional de cualquier deporte individual que no requiera contacto con terceros, así como los paseos.
Dichas actividades se podrán realizar una vez al día y durante las franjas horarias previstas en el artículo 5.
Artículo 5.
1. Se establecen las siguientes franjas horarias para la realización de las actividades previstas en el artículo 2.2:
a) La práctica de deporte individual y los paseos solo podrán llevarse a cabo entre las 6:00 horas y las 10:00 horas y entre las 20:00 horas y las 23:00 horas.
2. Las franjas horarias previstas en este artículo no serán de aplicación a aquellos municipios y entes de ámbito territorial inferior al municipio que administren núcleos de población separados con una población igual o inferior a 5.000 habitantes, en los que la práctica de las actividades permitidas por esta orden se podrá llevar a cabo entre las 6:00 horas y las 23:00 horas.


https://www.boe.es/boe/dias/2020/05/...-2020-4767.pdf

Por lo tanto, siempre según MI INTERPRETACIÓN, a la de MM, para la fase cero ya le falta que, con carácter general, el señor que esté federado (ERROR, NO ES NECESARIO SEGÚN OM SANIDAD) y salga con su laser, además de hacerlo en el ámbito de su término municipal, tanto de residencia con donde tenga la embarcación, como en el ámbito geográfico de la navegación, deberá hacerlo en el ámbito temporal situado entre las 6:00 horas y las 10:00 horas y entre las 20:00 horas y las 23:00 horas. Ese y entre las dos franjas horarias debe entenderse como un “o” dado que la norma dice en otro párrafo “una sola vez al día”. En el caso que vivan en un municipio de menos de 5.000 habitantes, se salen del caso general y podrán hacerlo entre las 6:00 horas y las 23:00 horas, por todo ese tiempo siempre que no desembarquen, dado que es por una sola vez. Evidentemente dentro también de otras limitaciones que puedan afectar a la navegación de dichas embarcaciones y en las que no entro, como pueda ser las horas entre las que puede navegar una embarcación de este tipo según normativa de navegación por horas de luz y circunstancias.

Pues nada, habrá que seguir esperando a nomas en lugar de previsiones y trasladar lo que se regule para el ocio a navegación de recreo y para el deporte no profesional a deporte no profesional de vela.

Por último, no deja de llamarme la atención la rapidez con que MM ha contestado a la consulta de ANEM. Creí haber entendido que algunas asociaciones de navegantes también se dirigieron a ella. No sé si han recibido alguna respuesta.

Perdón por el “tocho” a quien no le interese y un cordial saludo.

Editado por papaventos en 01-05-2020 a las 18:15. Razón: Corregir error. la OM del M Sanidad no lo exige
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