Cita:
Originalmente publicado por ARIELON
Ahora viene la explicación de cómo lo hacen con todos los buques comerciales que operan en nuestras aguas. Panamá, Nigeria, etc. Yo no entiendo de leyes, pero supongo que hay convenios internacionales para hacer cumplir normas internacionales en todas las aguas del mundo. Y las autoridades españolas las podrán hacer cumplir en sus aguas jurisdiccionales. Y también podrán comunicar a las autoridades del país de bandera si incumple su normativa para que actúe. O es que hay leyes diferentes para barcos comerciales y barcos de recreo?
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Pués aplicar término medio, que la DGMM se limite a revisar si los barcos bajo pabellón extranjero cumplen las normas de seguridad, navegación,etc del país al que pertenece su pabellón.
En Polonia como en otros países no hay zonas de navegación y que alguien me explique que tal son las olas en el Báltico o en el Atlántico Norte.Categoria de la embarcación, título y seguro de responsabilidad civil y lo demás es querer mangonear o "servir protección"
Capone daba protección a los establecimientos que servían su bebida. Jjjjj