
03-03-2021, 14:06
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Corsario
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Re: decreto sobre material de seguridad
Cita:
Originalmente publicado por llanera
Por supuesto que entiendo que lo que dices es sin acritud, es un simple debate de ideas, nada mas, el principio de la "Ley", es la lógica, y esta es aplastante, en el supuesto de que esto termine siendo visto en un tribunal de justicia, español o de la UE, que ya es mucho suponer, la pregunta seria la siguiente, es licito, legal, o como quebráramos llamarlo, que un señor pueda tener un barco en un país de la UE, en este caso España, con bandera de otro estado y que como consecuencia de ese acto, ese señor no pueda "rendir cuentas" de su actividad ante las autoridades de ese país, porque el mismo no tiene competencias para inspeccionar su barco, y las autoridades del país de Bandera no lo pueden hacer por motivos obvios, ¿eso podría ser considerado como impunidad?, no hay mas preguntas señoría 
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Pues si señor, si se puede y por un motivo. Se llama Europa!!! Y hasta que la misma realice una legislación náutica común a todos, podemos abanderar en cualquier país de Europa. Muy que os pese a algunos. Repito... Somos Europa para todo, no sólo para las obligaciones.
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