Re: decreto sobre material de seguridad
El 255, punto 1 - c no es ilegal. Es totalmente legal. Lo que ocurre es que es contrario a los principios fundamentales de la UE.
Artículo 21 - No discriminación
1. Se prohíbe toda discriminación, y en particular la ejercida por razón de sexo, raza, color, orígenes étnicos o sociales, características genéticas, lengua, religión o convicciones, opiniones políticas o de cualquier otro tipo, pertenencia a una minoría nacional, patrimonio, nacimiento, discapacidad, edad u orientación sexual.
2. Se prohíbe toda discriminación por razón de nacionalidad en el ámbito de aplicación de los Tratados y sin perjuicio de sus disposiciones particulares.
Por tanto sólo les queda dejar lo del puerto base. Que entonces nos afecta a todos, tengan la nacionalidad que tengan o la residencia que tengan. Ahora bien, entonces tropieza con el punto 1, ya que es una discriminación genérica, en "...cualquier otro tipo....".
Si se permitiese esto, cualquier estado puede aprovechar la puerta trasera que está intentando hacer la DGMM en forma de fraude de ley, para imponer restricciones. El ejemplo es Hungría y Polonia con hacer propaganda de ideas LGTB, cosa que la UE ya ha prohibido. Sinceramente es una guerra que tienen perdida. Están dando alas equivocadas a un sector que lo que tendría que hacer es modernizarse, dar precios competitivos, servicios de calidad, ayudar a las asociaciones náuticas. Y seguro que se relanzaría el sector. No entiendo porqué sigue costándome una porrada menos comprar aceite o recambios en Reino Unido.
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