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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Cita:
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#2
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Unos vasos por mi cuenta.
Interesante tema. Una pregunta: ¿ que tramites hay que hacer para tener el titulo "profesional" siendo C.Y.? Y ya de paso si sois tan amables, ¿ donde se pueden obtener/tramitar? |
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#3
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Hola,
Primero tienes que hacer el curso básico de seguridad STCW. Son dos semanitas full time, por cierto muy interesantes. No hay examen, lo haces y te lo dan. Hay varias escuelas profesionales por España que lo imparten. Yo lo hice en Vigo por 450 eur. En otros sitios está a 600 eur. Luego tienes que ir a una capitanía o a la DGMM a que te lo homologuen. Esto con 5 eur y te mandan el diploma internacional. Con este título solicitas en una capitanía o en la DGMM la Libreta Marítima Española, + dos fotos, que cuesta 8 ó 9 eur. Si pides la Internacional cuesta como 48 eur. La diferencia es que con la Inter te puedes embarcar en buques de bandera extranjera. Cuando la tengas, solicitas una revisión médica al ISM (Instituto Social de la Marina). Es gratuita y te hacen un chequeo estupendo. Y ya está.
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MMSI 224433790 |
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#4
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Cita:
me podrias aclarar esa cuestion de los barcos extranjeros, segun tengo entendido siendo C.Y se puede hacer el examen de PPER, o solicitar el C.Y PRO, pero eso creo que es para barcos de bandera española y dentro de los limites de navegacion que marcan las atribuciones, y eso de la libreta internacional ¿ que quiere decir ? con esa libreta y el C.Y PRO o PPER puedes embarcar en barcos extranjeros ? ¿ en calidad de que ?, entiendo que de oficial o capitan del bbuque seguro que nos es, yo siempre he visto que los marinos españoles cuando solicitaban a traves de agencias embarque en banderas extranjeras, se embarcaba solo con el " pasaporte " sin ser C.Y ni P.Y ni nada, se embarcaba de acuerdo al puesto que solicitaban en la agencia, si pedian un capitan por ej, y se era capitan de MM debias de justificarlo con la libreta española pero para efecto de embarque solo con el pasaporte era suficiente bueno lo que me interesa que me explicaras, por favor, es si siendo PPER o C.Y. PRO se puede embarcar de oficial o Capitan en buques extranjeros disculpa la extension de la pregunta, saludos |
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#5
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La libreta marítima la tiene que tener cualquiera que trabaje profesionalmente en el mar. Sea de pinche de cocina en un crucero, azafata, mecánico naval o el Capitán de un RORO. Para obtenerla, el requisito mínimo es hacer el curso STCW de seguridad. Si te embarcas en un barco de bandera extranjera, necesitas la Libreta Internacional.
La Libreta marítima, tanto la Española como la Internacional, es el"pasaporte del marino": En ella se apuntan los enroles, los desenroles, por tanto se contabilizan los días de mar, tu titulación, los cursos oficiales que hagas y las revisiones médicas. En el caso de los PY y CY habilitados o PPER, nos aplican la misma normativa marítima de disponer de la Libreta. Pero las atribuciones son las de cada titulación. Con la titulación de recreo "habilitada", NO te puedes enrolar de oficial en ningún buque. Solo puedes ejercer profesionalmente en embarcaciones de recreo de la 7ª o de la 6ª, según las atribuciones de tu titulación. En relación a esto, hice una consulta en la DGMM respecto a barcos de recreo de propiedad española pero bandera polaca y me dijeron que con la libreta española era suficiente. Cita:
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MMSI 224433790 |
| 2 Cofrades agradecieron a Manila1886 este mensaje: | ||
J.Alcantara (26-01-2023), miwelote (06-08-2023) | ||
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#6
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Solo por aclarar, las habilitaciones anejas a los títulos de recreo, lo que llamamos PER PRO, PY PRO y CY PRO, no requieren del reconocimiento médico previo al embarque. Y hasta donde yo se y sin ánimo de crear polémica, tampoco requiere de libreta marítima para ejercer. Que si quieres la puedes sacar, pero no sé quién te la va sellar.
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| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a ByMiki | ||
J.Alcantara (26-01-2023) | ||
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#7
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Disculpa, pero es obligatoria la Libreta, y para obtenerla tienes que tener el curso y la revisión mécica por lo menos para la que tengo yo, PY o CY Pro. Para PPER no lo sé, pero entiendo que también. La sellan en las Capitanía marítimas. Vamos, que lo he hecho hace un mes y lo tengo fregggco.
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MMSI 224433790 |
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#8
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Cita:
los tiempos han cambiado y las normas más aun gracias otra vez |
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#9
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Cita:
Buenas tardes , Si te embarcas en un barco de bandera extranjera, necesitas la Libreta Internacional. con esas titulaciones de recreo , no puedes embarcarte profesionalmente en ningun barco de bandera extranjera , necesitas titulaciones SCTW. y por supuesto tampoco en ninguno de bandera polaca ,profesionalmente iii los unicos titulos que puedes y que no son SCTW...... y solo para barcos de la bandera de la Commonwealth con titulaciones de la RYA es la legislación de la O.M.I. ![]() ![]() |
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#10
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Tengo mis dudas respecto a lo que dices de barco de recreo de titularidad española pero con bandera polaca comercial. De hecho en Vigo hay un 12 metros con bandera polaca que se chartea con patrón. La empresa que lo gestiona tiene otros barcos en la 6ª
Hice la consulta y me dijeron que si. En este artículo hablan del tema https://blog.globesailor.es/que-barc...ter-en-espana/ ![]() Cita:
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MMSI 224433790 Editado por Manila1886 en 27-01-2023 a las 20:08. |
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