Cita:
Originalmente publicado por Manila1886
La libreta marítima la tiene que tener cualquiera que trabaje profesionalmente en el mar. Sea de pinche de cocina en un crucero, azafata, mecánico naval o el Capitán de un RORO. Para obtenerla, el requisito mínimo es hacer el curso STCW de seguridad. Si te embarcas en un barco de bandera extranjera, necesitas la Libreta Internacional.
La Libreta marítima, tanto la Española como la Internacional, es el"pasaporte del marino": En ella se apuntan los enroles, los desenroles, por tanto se contabilizan los días de mar, tu titulación, los cursos oficiales que hagas y las revisiones médicas.
En el caso de los PY y CY habilitados o PPER, nos aplican la misma normativa marítima de disponer de la Libreta. Pero las atribuciones son las de cada titulación.
Con la titulación de recreo "habilitada", NO te puedes enrolar de oficial en ningún buque.
Solo puedes ejercer profesionalmente en embarcaciones de recreo de la 7ª o de la 6ª, según las atribuciones de tu titulación.
En relación a esto, hice una consulta en la DGMM respecto a barcos de recreo de propiedad española pero bandera polaca y me dijeron que con la libreta española era suficiente.
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Buenas tardes ,
Si te embarcas en un barco de bandera extranjera, necesitas la Libreta Internacional.
con esas titulaciones de recreo , no puedes embarcarte profesionalmente en ningun barco de bandera extranjera , necesitas titulaciones SCTW. y por supuesto tampoco en ninguno de bandera polaca ,profesionalmente iii
los unicos titulos que puedes y que no son SCTW...... y solo para barcos de la bandera de la Commonwealth
con titulaciones de la RYA
es la legislación de la O.M.I.

