Re: patron de charter
Discunpen los Sres piratas Malamar, Questionsailing y Pardillo, entre otros que defienden la política de no nombrar la soga en casa del ahorcado. Entiendo que, bajo la política de la supuesta libertad del pirata se esconde la defensa de prácticas que rozan la delgada línea de la irregularidad fiscal. Dicho esto desde el punto de vista de que, si bien encuentro hasta cierto punto lícito por parte de todo aquel que su situación se lo permita, me resulta reproblable ya que yo, como asalariado por cuenta ajena, soy incapaz de despistar ni un solo leuro al Gran Hermano.
Dejado claro este punto, sigo opinando que cualquier actividad profesional debe estar regulada por normas profesionales y titulaciones profesionales. Para actividades de charter no pienso que sea necesaio ser marino mercante, pero si, al menos, patron de cabotaje o, en su defecto, una titulación profesional específica: patron de charter, que esté a medio camino entre el capitán de yate y el patron de cabotaje.
Y en cualquier caso, puestos a admitir una titulación deportiva, convendreis conmigo que ni siquiera el capitán de yate sería suficiente. Tan solo el Yacht Master sería aceptable, dado que es el único con suficiente prestigio internacional en cuanto a conocimientos y prácticas (yo no lo tengo) como para poder fiarte del sujeto en cuestión sin conocerlo previamente.
Saludos
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 Tot menos apurarse
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