La Taberna del Puerto Osmosis
"Se navega por los astros, por la mar, por la tierra, por las gentes, por los sentimientos...Se navega." Altair
VHF: Canal 77   
Regresar   La Taberna del Puerto > Foro > Foros Náuticos > Foro Náutico Deportivo

Avisos

 
 
Herramientas Estilo
  #2  
Antiguo 27-03-2025, 22:20
Avatar de napoleon
napoleon napoleon esta desconectado
Corsario
 
Registrado: 07-03-2008
Mensajes: 1,375
Agradecimientos que ha otorgado: 428
Recibió 737 Agradecimientos en 344 Mensajes
Sexo:
Predeterminado Re: Barco en propiedad y herederos

al fallecer, se rompe la sociedad de gananciales, con lo cual si solo tienes un hijo habría que tener en cuenta si el barco es un bien ganancial (si lo compraste después del matrimonio, y los fondos no son heredados o provienen de fuera de la sociedad de gananciales) o no lo es.



si el barco es un bien ganancial, pasará a formar parte de la masa hereditaria y el 50% será para tu hijo y el otro 50% para tu esposa.


Si no es un bien ganancial, el 100% pasará a nombre de tu hijo dentro de la masa hereditaria.


Todo lo anterior de una forma o de otra, después de pagar el impuesto de sucesiones, sin cuyo pago, ningún registro público inscribirá nada.
__________________
"With repetition come good habits, with good habits comes good seamanship, with good seamanship comes security, and with security comes enjoyment".
Citar y responder
Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a napoleon
Panyolero_1970 (28-03-2025)
 

Osmosis

Herramientas
Estilo

Reglas del foro
No puedes crear discusiones
No puedes responder a mensajes
No puedes editar tus adjuntos
No puedes editar tus mensajes

BB code está activado
Emoticonos está activado
El código [IMG] está activado
El código HTML está desactivado
Ir a


Todas las horas son GMT +1. La hora es 08:58.


Powered by vBulletin® Version 3.7.0
Copyright ©2000 - 2026, Jelsoft Enterprises Ltd.
© La Taberna del Puerto