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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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como el post va de titulos voy a recuperar uno que inicie en la antigua taberna y donde no llegaron a responder.
Que tal amigos, una ronda ante todo Me animo a realizar esta consulta precisamente ante la cantidad de respuestas diferentes que he obtenido. Realice hace años los estudios de f.p. 2 maritimo pesquera. El titulo exacto es tecnico superior en navegacion de cabotaje. Con dicho titulo sumado a los correspondientes dias de practica se obtiene el de patron mayor de cabotaje. Yo tengo algunos dias pero no los necesarios. Tras consultar con algun cofrade, academias nauticas, gestorias especializadas y la propia direccion generqal de marina mercante sigo sin aclararme si puedo convalidarlo por algun titulo recreativo o no. En la DGMM he hablado con 2 personas, una me dice que si tuviese el titulo definitivo de patron mayor de cabotaje si me lo convalidarian con capitan de yate, pero que con este nada de nada, otra persona que como lo que tengo es el titulo academico tendria que hacer las correspondientes practicas de capitan de yate para que me lo convaliden, las academias y la gestoria o no me han contestado o no se aclaran (creian q lo convalidarian directamente por patron de yate). Alguien tiene una experiencia REAL en este tema y puede contarme su caso particular? Saludos a todos |
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#2
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Yo creo que hasta que no tengas el titulo profesional (practicas hechas) no te convalidan con un titulo deportivo.
En la escuela de nautica, a nosotros nos dan el de capitan de yate cuando acabamos la diplomatura, pero creo que no te dan ni PER ni PY en años anteriores o con determinadas asignaturas aprobadas. Saludos Auskalo
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Navego luego existo. |
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#3
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Quizás os aclare algo ver la siguiente página:
http://www.fomento.es/MFOM/LANG_CAST...nes_de_Recreo/ Larco: Eligiendo en el menú preguntas frecuentes puedes llegar a un cuadro interactivo para ver convalidaciones con titulaciones profesionales. Creo que sólo puede haber convalidación si tienes la titulación, pero no estoy seguro. F.J. el Corsario: Creo que lo primero que deberías hacer es localizar esa "ley aprobada en 1994", yo no la conozco y creo que puedes estar dirigiendo mal tus tiros. Saludos |
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#4
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¿ Para cuando un titulo unificado para todos los paises de la union europea igual que ocurre con el permiso de conducir ?
Jana |
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#5
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Saludos Cofrades! y si me permitís añadiría un mismo titulo como en Aviación, titulaciones universatarias (próximamente).....etc. Por alguna razón en el tema de la naútica parece que la Unión Europea se ha olvidado de unificar criterios ¿Será por que en algunos paises la titulación o no existe o la conceden organismos privados, es decir la regula el propio mercado?. Saludos Coronadobx
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#6
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Con permiso.
¿Cuándo se exigirán prácticas nocturnas para el PER? ¿Cuándo se exigirán prácticas en condiciones de baja o nula visibilidad? ¿Cuándo se exigirá una práctica individual al futuro PATRÓN que, ponga de manifiesto que dicha persona puede ejercer como responsable de una tripulación y un barco? Dificil lo veo ¿Cuándo habrá seriedad en el cumplimiento de las atribuciones? (iba de títulos... )![]()
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Si bebes no navegues... |
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#7
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Larco: no es una experiencia directa pero a lo mejor te sirve para ir en alguna dirección. Hace años un amigo que no llegó a terminar sus estudios en la marina mercante no consiguió que le convalidasen el título pero sí que le convalidasen algunas asignaturas de Capitán de Yate (siento no poder ser más explícito, de esto hace algún tiempo y no tengo contacto con él).
Jana: veo difícil que se unifiquen los títulos teniendo en cuenta que en la mayoría de países de la UE no existen titulaciones náuticas de recreo. |
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#8
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Cita:
, o le untamos los ojos con pomada para almorranas, simulando una niebla de coj... ? Pero eso es como lo del carné de condusí. Apruebas el carné, pero lo que es condusí, no se sabe hasta que se llevan muchos kilómetros en el cuerpo. En fin. Copas pa tós ![]()
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Socio Anavre 348. http://www.anavre.orgNo es prudente sentar cátedra. Es mejor sentar el trasero. Pero incluso esto no ha de tomarse como dogma. O quizá sí. Lista de Teléfonos de Cofrades Solidarios para Emergencias |
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#9
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Cita:
.................................................. .........................................D Que cada palo aguante su vela, y nosotros además nuestra cruz....M..M .................................................. .........................................G Paciencia y barajar
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![]() http://chifle.latabernadelpuerto.es/ Cuando queráis saber la edad del mundo, mirad la faz del océano en plena tormenta. Joseph Conrad, El espejo del mar |
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#10
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Bien, quizas no es el 94, o tal vez si. Pero mientras sigo buscando , os adjunto un parrafo del boe 97
Orden de 17 de junio de 1997, por la que se regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo (BOE de 03.07.97). Se determinan los títulos de recreo, los criterios generales y las condiciones básicas de obtención de los mismos, así como los programas de examen. Artículo 12 . Titulados de la Unión Europea. La Dirección General de la Marina Mercante podrá autorizar, para el gobierno de embarcaciones de recreo de pabellón español, a aquellas personas que, sin haber obtenido un título nacional, acrediten hallarse en posesión de un título análogo obtenido en un Estado de la Unión Europea, en función de los requisitos necesarios para su obtención. |
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#11
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Cita:
En este artículo no aparece por ningún sitio obligatoriedad por parte de la DGMM o Capitanías de convalidar, homologar o simplemente autorizar el título que comentas. Solo dice que "podrá" hacerlo. Pues bien, si antes se hacía y ahora no se hace, este cambio de criterio obedecerá a algún motivo/s. Por aquí es por donde creo que debes comenzar en caso de querer pelear con esta gente. Cita:
Si solicitas la autorización y te viene denegada la DGMM debe argumentar porqué te la deniega. No puede contestar: "se la denegamos porque si o porque nos da la gana". Una vez denegada y con los argumentos o artículos de la ley o reglamento que aducen para no concedertela es cuando sabrás por donde atacar y si esas razones que aducen son o no de peso, pleitear o intentar como mal menor recuperar la pasta de la academia. En cualquier caso mientras no tengas un título (nacional o no) que te autorice a navegar correrás riesgos cada vez que salgas y estarás siempre mirando hacia atrás. ¿Te compensa estar así?. Un saludo. Javier. Editado por Javidientes en 13-12-2006 a las 12:54. |
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#12
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Cita:
pero aqui va un dato que os va a sorprender. En el Reino Unido es verdad que no es "obligatorio" tener titulo alguno, sin embargo todo el mundo que navega en el mar en este pais resulta que *si* que tiene titulo. Voluntario. sorprendidos?. No es facil navegar por estas aguas sin conocimientos. De hecho seria una pesadilla y una irresponsabilidad. Os imaginais navegar por el mar del norte sin saber nada de nada?. O Cruzar el canal de la mancha con su niebla y sus petroleros, ferries y mercantes (normalmente uno detras de otro a apenas 1 milla de distancia)??? Y las tremendas mareas ?? ... Aqui todo el mundo tiene titulo, excepto quizas algun marinero del interior que no salga del Tamesis. Ademas el seguro es mas barato para barco propio, y las companias de charters no te alquilan barco sin titulo. Sorprendidos ?? Echaros un Gin&Tonic sin hielo que pago yo.Editado por colmenar en 12-12-2006 a las 22:24. |
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#13
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Cita:
Salud y buena mar ![]()
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