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  #1  
Antiguo 23-04-2009, 20:29
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Predeterminado Re: Los problemas de la bandera extranjera, vistos desde fuera.

Pues quizas el hombre acaba teniendo suerte, pero esta claro que tiene un buen marron encima de los que no se olvidan, yo personalmente estoy de acuerdo que las leyes son para cumplirlas, todos por igual, pero comparto la opinion de muchos Cofrades, si a nosotros mismos nos custa entender las leyes en la materia que tratamos, imaginate un extranjero que llega aqui navegando sin hablar Español.

Quizas hay extranjeros que acaban enterandose de la normativa e intentan escaquearse, pero realmente yo me pregunto, y la Administracion no actua de mala fe sabiendo que somos una potencia en cuanto a visitas de barcos extranjeros y no hacen nada para informar debidamente antes que sancionar?

Tan dificil seria unos panfletos en varios idiomas en los puertos y clubs avisando de la situacion?

Estas personas vienen a España y se gastan su dinero, no nos olvidemos que es parte de nuestra fuente de ingresos en este pais, para ir tratandolos de esta manera, que esta claro que esto no es Somalia pero yo si que pienso que damos una imagen de republica bananera.

Yo no entiendo lo de sancionar sin antes informar, es mi opinion

Saludos, rondas y buena mar

Editado por Xavier Vila en 24-04-2009 a las 20:36.
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  #2  
Antiguo 23-04-2009, 20:43
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Predeterminado Re: Los problemas de la bandera extranjera, vistos desde fuera.



de momento no le aplican ninguna ley europea
cada uno saca la ley que le conviene y no importa si hay otras que se superponen
__________________











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  #3  
Antiguo 23-04-2009, 20:57
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Predeterminado Re: Los problemas de la bandera extranjera, vistos desde fuera.

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Originalmente publicado por pipe Ver mensaje


de momento no le aplican ninguna ley europea
cada uno saca la ley que le conviene y no importa si hay otras que se superponen

A veces creo que sería mejor volver a llamar "Mercado Común" a la "Comunidad Europea" puesto que parece que se limita a un espacio de libre comercio, sin más.
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  #4  
Antiguo 23-04-2009, 21:41
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Predeterminado Re: Los problemas de la bandera extranjera, vistos desde fuera.

Yo insisto en que si vas a un país y te pasas un año en él, no está de más el informarse acerca de su legislación, y no precisamente en charletas de club náutico.

Pero considero que la regulación española en muchas materias es un follón, porque aquí gusta mucho legislar a base de enmiendas y cosas de esas.

Y, por otra parte, pienso que es una vergüenza mantener el impuesto de matriculación, entre otras cosas... pero mientras exista hay que pagarlo. Si hay un convenio que te permite no hacerlo, mejor... pero si no... hay que aguantarse.

salud!!!!!
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  #5  
Antiguo 23-04-2009, 21:46
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Predeterminado Re: Los problemas de la bandera extranjera, vistos desde fuera.

Cita:
Originalmente publicado por Jadarvi Ver mensaje
Yo insisto en que si vas a un país y te pasas un año en él, no está de más el informarse acerca de su legislación, y no precisamente en charletas de club náutico.

Pero considero que la regulación española en muchas materias es un follón, porque aquí gusta mucho legislar a base de enmiendas y cosas de esas.

Y, por otra parte, pienso que es una vergüenza mantener el impuesto de matriculación, entre otras cosas... pero mientras exista hay que pagarlo. Si hay un convenio que te permite no hacerlo, mejor... pero si no... hay que aguantarse.

salud!!!!!
Estoy completamente de acuerdo. Pero nos vendieron un "espacio de libre circulación" por lo que supongo que deberían hacerse mayores esfuerzos para coordinar las distintas legislaciones. Esto no justifica en modo alguno el "pasotismo" de estos señores que no se han molestado en informarse un poco. Tampoco me extraña, en la costa de Levante hay urbanizaciones donde sus habitantes, viviendo más de 20 años aquí, no han aprendido ni una palabra del idioma (evidentemente no me estoy refiriendo a emigrantes por motivos económicos o de trabajo).
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  #6  
Antiguo 23-04-2009, 23:34
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Predeterminado Re: Los problemas de la bandera extranjera, vistos desde fuera.

Muchas gracias por el hilo, porque es interesantísimo en muchas de sus aportaciones.
En mi opinión, y en base a la legislación vigente en nuestro país, creo que debemos distinguir entre dos parámetros muy claros:

1-La presunta residencia fiscal del titular del barco, y digo "presunta" porque independientemente de su declaración y como ya sabemos, las leyes fiscales invierten la carga de la prueba; es decir, ante una presunción de residencia fiscal de la AdministraciónTributaria, es la persona física objeto de la misma quién debe probar, por los distintos medios, su NO_RESIDENCIA fiscal.

2-La permanencia del bien, en este caso, el barco, en el territorio español, tema éste último que también es...eso..presunto, luego de nuevo, el propietario del bien debe probar la NO PERMANENCIA DEL MISMO EN TERRITORIO ESPAÑOL, por un período de más de 183 días, computado el período en días seguidos o en fracción.

Si en el caso que se cita en en este post, el belga, ha hecho una declaración verbal,de permanencia en España tanto de él, como de su barco, por un período de más de 183 días, obviamente y sin saberlo, se ha autodeclarado residente fiscal en España, tanto él como el barco. El tema sería conocer si firmó un acta en la que se ratificaba en la citada declaración, y si puede probar que tanto él como su barco han estado en un cómputo total, menos de 183 días en territorio español.
Supongamos que su barco ha estado los 183 días pero él no:
a) Debe liquidar el impuesto especial de matriculación, pero EN NINGUN CASO, SI CONSIGUE PROBAR SU NO RESIDENCIA FISCAL COMO PERSONA FISICA, DEBERÍA PASAR POR CAMBIAR DE PABELLON, es decir, que UN BARCO PUEDE ESTAR EN ESPAÑA MAS DE 183 DIAS, MANTENIENDO EL PABELLON DE NACIONALIDAD DE SU PROPIETARIO , NO RESIDENTE FISCAL, PERO DEBE LIQUIDAR EL IMPUESTO.
Para no liquidar el impuesto y ser coherentes con la legislación hay otro método legal:

-Propietario del bien, persona física o jurídica no residente en España, que no obstante, deja el barco en territorio español por más de 183 días, debe solicitar el precinto del mismo a la Administración Tributaria, quién se desplaza al puerto y mediante el correspondiente precinto, exento de cualquier tipo de penalización o gasto, "bloquea" la utilización del barco durante 182 días, para que de este modo, el barco en cuestión no "permanezca" a efectos de uso en territorio español más de los 183 días permitidos. Dichos precintos, voluntarios y a solicitud de los propietarios de los barcos, se ven en bastantes puertos de la zona Sur.

El otro supuesto y en mi opiníón el peor para el belga en cuestión, es que si tanto a él como al bien, se les ha lanzado la correspondiente presunción de residencia y no consigue probar la no residencia ni de él ni del barco, el hecho de que él como propietario del mismo, sea considerado residente en España, LE OBLIGA NO SOLO A PAGAR EL IMPUESTO SINO TAMBIEN A CAMBIARLE EL PABELLON, CON TODO LO QUE ELLO CONLLEVA.
Y no quedaría ahí la cosa. La Administración, puede exigirle al titular del bien, en función de desde cuando hayan "presumido" que es residente fiscal en España, sus otras obligaciones tributarias, tales como Impuesto sobre la Renta de Las Personas Físicas, Impuesto sobre el Patrimonio, etc etc, con sus recargos, aplicándole, eso sí, el Convenio para evitar la Doble Imposición que corresponda al país dónde haya tributado, por ejemplo, por sus pensiones.

Si bien es cierto que multitud de residentes de hecho en nuestro país, que no de Derecho, han vivido durante muchos años en una "apacible" y laxa situación de casi apátridas fiscales, porque aquí seguían en calidad de "turistas" a tiempo total durante años y años, el tema se ha dado la vuelta ya desde hace varios años con la Ley de Armonización Fiscal de la UE y considero que independientemente de lo justo o no del impuesto, la soberanía fiscal de un país sigue siendo un tema poco cuestionable, por más que se tienda progresivamente a la armonización.

En fin, que yo, si fuera el belga, buscaría por todos los medios la prueba de mi no estancia durante más de 183 días, tema que no le libra del pago del impuesto atrasado, pero si de tenerle encima que poner el pabellón,para minimizar las consecuencias de su situación, porque hay ya mucha jurisprudencia sobre el tema de la exención del impuesto y eso, en mi opinión es una batalla perdida.

Un abrazo.

Alejandra.

Editado por Freeblue en 24-04-2009 a las 00:07. Razón: "saltaba" antes de terminarlo
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2 Cofrades agradecieron a Freeblue este mensaje:
Colt Cabrera (24-04-2009), Kiro (24-04-2009)
  #7  
Antiguo 24-04-2009, 08:33
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Predeterminado Re: Los problemas de la bandera extranjera, vistos desde fuera.

Cita:
Originalmente publicado por Freeblue Ver mensaje
Supongamos que su barco ha estado los 183 días pero él no:
a) Debe liquidar el impuesto especial de matriculación, pero EN NINGUN CASO, SI CONSIGUE PROBAR SU NO RESIDENCIA FISCAL COMO PERSONA FISICA, DEBERÍA PASAR POR CAMBIAR DE PABELLON, es decir, que UN BARCO PUEDE ESTAR EN ESPAÑA MAS DE 183 DIAS, MANTENIENDO EL PABELLON DE NACIONALIDAD DE SU PROPIETARIO , NO RESIDENTE FISCAL, PERO DEBE LIQUIDAR EL IMPUESTO.
A mi me sale que si no es residente el barco puede estar en territorio español todo el tiempo que quiera sin tener que pagar el impuesto. Si pagas el impuesto es porque registras el buque y entonces hay que cambiar de bandera. El Hecho imponible es "la primera matriculación de buques...".

De todos modos, si cambia de residencia puede solicitar la exención del impuesto pero esto siempre que cumpla los plazos. Por tanto, si están bien asesorados no tienen porque pagar ningún impuesto.

Por otra parte, el amigo belga no podrá demostrar de ninguna manera su no estancia 183 días porque de hecho estuvo en españa todo el año. No tendrá ni billetes de avión, ni sellos en el pasaporte por haber visitado un pais no EU, etc...

Editado por krusky en 24-04-2009 a las 08:36.
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  #8  
Antiguo 24-04-2009, 09:41
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Predeterminado Re: Los problemas de la bandera extranjera, vistos desde fuera.

De algunas cosas que decís:

- Que se condenó cuando dijo que llevaba mas de medio año en España; La solución hubiera sido ejercer la pillería española: mentir. Quizás sólo pensó que no tenía nada que esconder, y que la UE no tiene fronteras.

- Yo mismo no conozco todas las normas que me afectan, No hay una web donde vengan todas juntitas, no te dan un librito cuando matriculas un barco, o entras al pais un barco, etc. Te puedes volver loco leyendo BOES, Boletines autonomicos, bandos municipales y demás....

- No olvidemos el problema del idioma. ¿Vamos a capitanía hablando en holandes? ¿Nos dan un reglamento en inglés? Nos puede pasar a todos cuando vamos fuera. En un viaje, sufrí la novatada de convencer el gesto "creo que sí..." con el gesto "no"; el gesto no era internacional. La única consecuencia fue que me comí más de medio menú de una carta en indú


Cita:
Originalmente publicado por Butxeta Ver mensaje
Hombre, será legal, pero es una putada. Yo diría que esto es simplemente Kafkiano.
Esta es mi misma opinión.
Nos quejamos diariamente de nuestra administración náutica. Los guiris también la sufren....

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Todas las islas, incluso las conocidas, son desconocidas mientras no desembarquemos en ellas.
(José Saramago. El cuento de la isla desconocida)
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