Cita:
Originalmente publicado por Cedemont
Sinceramente. No creo que sea asi. No es posible que pidan justificantes, ni de charter ni de otra cosa. De ser asi poquisima gente tendria esta especialidad. Tranquilos
Esto no pasara. Habra que decir, nombre y matricula del barco, y justificante del armador de las millas que se han hecho actuando como patron, teniendo ya el titulo de capitan de yate, no vale lo anterior. Se van a fijar en la categoria del barco, dudo que ningun barco que no este en minimo la 3 le permitan al armador expedir certificado valido, porque hablamos de navegacion de altura.
Lo que si va a haber es un control exhaustivo de los barcos donde se supone que se han hecho millas , y si no, ya vereis  . El control vendra, porque no podra haber 20 personas que digan que han hecho millas alli y creo que me explico.
Para el verano que viene, muchos de los que estais aqui, sereis PPR.... 
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Hola Cedemont:
¿de dónde sacas que las navegaciones anteriores a la obtención del título de Capitán no valen? Lo digo porque el decreto nada dice al respecto. Para las navegaciones de altura que piden me temo que el barco deberá estar en categoría 1, pues para hacer una travesía de altura que dure 48 horas te tienes que alejar por lo menos 100 millas de la costa, a menos que te quedes dando vueltas por el mar unas cuantas horas entre los puertos de zarpada y destino, o que te desplaces a unos 2 nudos de velocidad...
