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Predeterminado Re: Patrón Profesional de Embarcaciones de Recreo

Raitan,estoy hablando de titulados patrones mayores,patrones de pesca de altura,etc,...,todos ellos,independientemente de que les convalidasen directamente el patron profesional de recreo,pueden acceder a el mediante la convalidacion de capitan de yate para posteriormente convalidar con el el patron de recreo.

De todos modos estas en un error,juridicamente una habilitacion es eso,una habilitacion y no un titulo,hace muchos años habilitaron a mayores de cabotaje para embarcar de oficiales en mercantes que por su tonelaje no tendrían atribuciones para ello legalmente,se habilitaron y a correr,y se habilitaron con el mismo motivo que explica este BOE de la necesidad de habilitar para cubrir la demanda(sea verdadero o falso)

El certificado de patron profesional de recreo no pone limitacion de tonelaje alguno a su poseedor,mas que las que delimite marina mercante(no necesariamente las que a ti te parece que debería delimitar),asi las cosas,si por atribuciones se tratase,un patron mayor tambien estaría limitado a 60 millas,cuando es un titulo mediante el cual tienes convalidacion directa de capitan de yate.En caso de que fuese como tu dices pues un patron mayor de cabotaje se saltaría las normas de marina mercante convalidanto CY y con el convalidar el patron profesional.Mas bien el apartado de zonas delimitadas por marina mercante se refiere a los elementos de seguridad de los que carezca el barco y de los certificados(operador general o restringido,etc,...)

Es decir,que el certificado de patron y sus competencias serán uno,pero si eres operador restringido del gmdss en teoria solo sabes manejar un vhf y no puedes cruzar el charco,o si la embarcacion carece de hf/mf no tiene posibilidad de hacer un distress call a 300 millas de costa

por cierto,las tasas que pagué yo por CY fueron 15 euros de convalidacion y no ochenta y pico que serían la expedicion y las practicas homologadas¿a un profesional?las practicas van requeteconvalidadas al enseñar un titulo para el cual has necesitado 4 o 5 años de embarco para expedirlo.¿o crees que a un piloto de iberia le piden practicas homologadas de avioneta para sacar una licencia de aeroplano?

Sobre la certificacion de dias os voy a decir como serán,pues como toda la vida en titulaciones profesionales.
1-declaracion jurada del solicitante(que sería una tontería sino fuese acompañado del resto o desde otro punto de vista,sigue siendo una tonteria que te pidan declaracion jurada y a la vez el certificado de empresa para cotejarla)
2-certificado de empresa naviera(empresas de charter en vuestro caso)que ratifique tu declaracion jurada
3-fotocopia de los embarques de la libreta o rol de despacho
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