Cita:
Originalmente publicado por Inspectorate
MOTOS NÁUTICAS:
Existen normas que regulan la explotación de negocios de alquiler de motos náuticas. Entre otras cosas, estas normas establecen que la Capitanía Marítima delimitará una zona de navegación delimitada por cuatro boyas exclusiva para la navegación de las motos náuticas que sean arrendadas a personas carentes de titulación. Las que sean arrendadas a personas tituladas podrán navegar normalmente fuera de esa zona.
No estaría de más que la Capitanía Marítima en cuestión tomara las medidas para dar la debida publicidad al establecimiento de tales zonas, por ejemplo, publicándolo en su tablón de anuncios y en el Boletín Oficial de su provincia, sin descartar otros.
BALIZAMIENTO DE PLAYAS
Es competencia de los servicios provinciales de costas (Miniterio de medio ambiente, medio rural y medio marino) balizar debidamente la zona de baño y los canales de lanzamiento y varada de artefactos náuticos y embarcaciones. Ocurre que en determinados municipios, los servicios provinciales de Costas "delegan" esas competencias en otras Administraciones, tales como corporaciones locales, mancomunidades de municipios...
Espero os aclare algo.
Cervezas.
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Muchas gracias por tu intervención Inspectorate, como siempre has puesto el dedo en la llaga y el punto de mira en la norma. Lo que me aclara esta costumbre de "delegar" es que acaba el tema siendo "vigilado" por cenutrios que no se han leído la normativa soblr elo que tienen que vigilar... y así nos luce el pelo... con el "Mitch Buchanan" de turno haciendo el ridículo y amargando el día al personal porque su obligación no es abroncar al que llega en barca por el canal, sino al bañista que se mete en él... pero como el "Señor Alcalde" ha dicho que ahí no quere a nadie más que a los que alquilan los hidropedales a su primo el del chiringuito hay que fastidiarse, o denunciar, con lo que igualmente te fastidias el día



salud!!!