![]() |
|
|
|
| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
![]() |
|
#6
|
||||
|
||||
|
Cita:
A partir de pasado mañana el I.V.A. será del 18%!! Lo de darte de alta en el Régimen de trabajadores autonómos es por la actividad profesional por cuenta propia de alquiler de barcos Aunque también deberias adarte de alta en el Régimen de trabajadores autonómos si fueras el adminstrador de una sociedad que se dedique a lo mismo. Ejercer de patrón es otra actividad diferente. Si te dedicas a patrón profesional, entonces necesitas un título profesional y debes, además, estar en el régimen especial de trabajadores del mar si eres trabajador por cuenta ajena (según la opinión de otros cofrades incluso aunque sea por cuenta propia) o en autonómos si es por cuenta propia (según mi opinión). Esto último mejor que lo verifiques con un abogado laboralista. ![]()
__________________
Iñaki |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Iñaki/Sinvergüen | ||
yulxxx (29-06-2010) | ||
| Herramientas | |
| Estilo | |
|
|