Cita:
Originalmente publicado por soysusito
Por no iniciar un hilo nuevo pongo aqui mi consulta por si me la podeis resolver. Compre un S.Odyssey 26 del año 2003, con itb en vigor hasta el 2013, he cambiado el titular y el nombre de la embarcación en Capitanía. ¿Tendría que pedir un certificado de navagabilidad nuevo ahora que ya esta a mi nombre el barco?
El caso es que no tengo el barco acorde al RD de comunicaciones ( mmsi-leb-vhf-dsc...) pues en la ITB de 2008 aceptaron la emisora homologada que lleva.
El barco esta en zona 4 y si tengo que pedir nuevo certificado tendré que bajar a zona 5. Sería posible esperar a enero y tramitar con la nueva legislación de abanderamiento sin pedir nuevo Cert. de navegabilidad? gracias
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Yo estoy en el mismo caso que tú, sólo que tengo que pasar la revisión en el 2011
Lo que también quería comentar es que puede que traiga más cuenta hacer el registro que matricular una barco en zona 5, 6 o 7.
Después de leer lo publicado, entiendo que si no tienes MMSI, no necesitas Licencia de Estación. Osea, que podemos seguir navegando legalmente con la emisora que ya teníamos dentro de la zona 4.
Es una p*t*d*, porque ya me había comprado una con DSC. Tendré que venderla o hacer todo el papeleo.
De todos modos, esto no afecta a la matriculación. Es decir, entiendo que el barco puede seguir matriculado en lista 7ª y sólo necesitas la LEB y MMSI si quieres pasar a zona 3 o superior.
