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Predeterminado Re: Real Decreto 1435/2010, sobre abanderamiento y matriculación

Hola a todos y una ronda pago yo.
Tengo una pregunta:

Según el real decreto en la documentación requerida para abanderamiento de las embarcaciones sin marcado CE dice que las embarcaciones podrán registrarse si
"Las embarcaciones previamente registradas en otro Estado miembro de la Unión Europea que tengan menos de 25 años de antigüedad y una eslora inferior a 24 metros, podrán registrarse sin necesidad de presentar el correspondiente proyecto, siempre que la
marca y el modelo figure en la base de datos de las embarcaciones homologadas por la Dirección General de la Marina Mercante, y, por parte de la Administración marítima, se someta la embarcación a un reconocimiento inicial, que será ampliado con el alcance de los reconocimientos periódicos definidos en el artículo 3.B del Real Decreto 1434/1999."


Alguien sabe como conseguir la mencionada base de datos.???????


Gracias de antemano
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abanderamiento, matriculacion


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