Cita:
Originalmente publicado por jiauka
El ITP hay que pagarlo, al igual que el impuesto de matriculación y el IVA si no estuviese pagado en otro país de la UE.
Edito: Si se paga IVA no hay que pagar ITP.
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¿Éstás seguro de que hay que pagar ITP español en una compra entre particulares hecha fuera de España y en relación a un bien situado fuera de España? ¿En base a qué norma? Me parece que hacienda es poderosa, pero no tanto.
¿Si le compro una camisa a un particular en Francia debo pagar ITP en España? Me parece que no. ¿Por qué es distinto un barco? Otra cosa es que si quieras abanderar te lo pidan, y acabes pasando por caja.
Si no estuviera pagado el IVA, sí hay que pagarlo. Pero partimos de barcos de la UE de particulares, en los que el IVA está pagado.