Una

para tod@s que supongo que estareis secos de tanta polémica.je,je,je...
Bueno, yo tal como lo veo, me da la impresión de que quizás la cuestión esté en la diferencia que exista a efectos de esta ley entre los conceptos "residente" y "nacional" ya que no tengo claro si al decir "residente" se refiere a una persona que tiene DNI español o se trata del extranjero que disfruta de un permiso de residencia o algo así, es decir, a un extranjero de paso durante un tiempo x.
Quizás haya dicho una chorrada pero... es mi opinión y la expongo tratando de colaborar en esta causa.
Un saludo.
Buenos vientos.