Cita:
Originalmente publicado por popeye IV
Aquí en Gran Canaria se del propietario de una embarcación lista 7ª que por la crisis (Su dueño quedó en paro) a empezado a sacar gente.
Consultó con un asesor y le dijo que para estar tranquilo se diera de alta
en Hacienda y liquidara lo que tenia que liquidar por la actividad no se si
trimestralmente¿?.
La unica diferencia con la lista sexta es que el si pagó el impuesto cuando
compró el barco.
Saludos.  .
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Ya, pero el problema según lo leído aquí, es que no es suficiente con darse de alta en la seguridad social, si no que es indispensable poner el barco en lista 6ª de lo contrario no podrás ejercer la actividad con dicho barco.
y si lo pones en lista 6ª pues no podrás salir a navegar en tu propio barco.
resumiendo o tienes un barco para uso y disfrute particular (lista 7ª) o lo tienes para charter (lista 6ª), pero no podrás tener ambas cosas.
es bastante ridículo todo esto......