Tienes razón, el punto anterior se refiere a los 50.xxxx tambien.
OLAJE, estoy de acuerdo contigo, lo que pasa es que a veces es bueno saber donde nos metemos para evitar sustos, y como dices, esta legislación es excesivamente complicada, y chorra.
Cita:
Originalmente publicado por al_barco
No lo entiendo yo así. El punto 2.1 indica que en zona 5 e incluso en zona 4 se puede montar un fijo con homologación 50.xxx que no lleva DSC ni papeleo. La diferencia de 4 y 5 es que en 5 puede ser portátil, siempre homologados.
Lo que no tengo muy claro es el punto 3.1 puesto que en zona 6, TODOS los equipos son de instalación voluntaria ( se enmaracaría en "transmisores no obligatorios") y por lo tanto no me obligan a que sea homologado 50.xxx ( o superior) y me vale cualquier equipo antiguo siempre que tenga la factura a bordo ¿ o no?
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