Cita:
Originalmente publicado por custodio
hola Iñaki como estas ?, un abrazo antes de nada
ya sabes esto es cuestión de interpretacciónes
personalamente creo y como estos decretos que tanto nos han gustado estudiar lo dice claro , embarcaciones de recreo hasta 24 metros y mucho me equivoco o un capitán de recreo es eso recreo ....
no se
  
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Puedo estar equivocado, pero me parece que la interpretación que hago está bastante clara.
Esos decretos a los que te refieres diferencian entre
embarcaciones (entre 2,5 mts. y 24 mts.) y
buques (> 24 mts. ) y en lo que se refiere al título de Capitán de Yate, también son claros:
sin límite alguno, cualquiera que sea la potencia del motor y las características de la embarcación. Sin embargo, las que tengan una eslora superior a 24 metros se ajustarán a las normas de seguridad específicamente establecidas para las mismas"
Por lo tanto se admite que puedan ser superiores a 24 mts.
Un abrazo Custodio!! ;-))
