Re: ¿puede ser lícito cobrar con el barco en lista 7ª?
Yo, soy del sector. De ahí que me haya decidido a inicisr el hilo. Tengo conocimiento de embsrcaciones que están realizando la actividad y sí obtienen un beneficio, por sus precios y el número de días que salen (los he estado observando durante unos meses), está muy claro que sí obtienen un beneficio. Y por tanto, tienen ánimo de lucro... Pero a su vez, durante estos meses, los he visto que realmente no lo tienen. Tras hacer cálculos en dichas observaciones y sabiendo que el coste de mantenimiento de un velero, entre amarre, seguro, varada y una provisión para reposición de velas o reparaciones varias... Sale por unos 9.000€ al año en un velero de 11 a 12 metros... Si sale a navegar 100 días al año (2 fines de semana al mes en invierno, 3 en primavera u otoño y en verano, 2 meses ssliendo fines de semana y 1 mes por las islas de crucero)... Pues son 90€ el día navegado a repartir entre los que van a bordo... No me vale cobrar por persona ya que el coste de la salida es el mismo si van 4 que si van 6...
Así que quisiera opiniones por parte de los expertos en temas legales de este antro al respecto... Por ejemplo, si no hay ánimo de lucro, se necesita licencia fiscal, cotizar como.autónomo... Y demás cuestiones ligadas a tener el barco en lista 6a...
Gracias
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