Cita:
Originalmente publicado por Tatatoa
No puedes alquilartelo a tí mismo ni a ningun pariente durante los cuatro primeros años.
Si el barco es nuevo, el armador propietario "no puede pisar" el barco durante esos primeros años, despues el impuesto ya prescribe.

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Supongo que con la razón de no pagar el IVA al comprarlo no? osea que si compras un barco con el IVA ya pagado(un lista 7ª que cambias a 6ª) da igual tambien lo de los 4 años no?
