Cita:
Originalmente publicado por JMPUIG
Saludos y unas  
Me permito "responderte" ya que no se bien como debo iniciar una conversación y principalmente porque estoy en una situación idéntica a la que tenias. Barco inglés, de los 80, 8'5 m, en proceso de semi-restauración,.... etc. pero con bandera española desde el 1995.
HAce semanas que busco y rebusco por los foros de cambio de bandera y cuanto más leo más liado lo veo....
Abusando de la confianza, y dado que ya has recorrido todo el proceso con un barco similar, ¿podrías indicarme desde que web u oficina "del mundo real"has realizado los tramites?. Mi barco lo acabo de comprar y aun no he hecho el cambio de nombre, supongo que no hará falta pagar los impuestos de transmisiones patrimoniales si lo abandero directamente en Belgica?
Muchas gracias avanzadas a cualquier ayuda.
Por cierto, tengo familia y amigos en Holanda, ¿es una buena opción venderle el barco, o una participación, al familiar y que este haga los tramites personalmente.?
Repito, muchas gracias a todos
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Si lees con detenimiento verás que está toda la información que necesitas, pero hay que molestarse y entretenerse en leer todas las páginas del hilo.
Además, partes de una premisa equivocada y MUY PELIGROSA. Pongas al barco la bandera que pongas (perfectamente legal) ES OBLIGATORIO pagar los impuestos en España si el barco está en España. Al ser mayor de 8 metros tienes que pagar, repito, OBLIGATORIAMENTE EN HACIENDA el 12% de matriculación (aunque la bandera sea extranjera) MÁS el impuesto de transmisiones patrimoniales (del 4 al 8% en fucnión de la comunidad en la que estés).
Los que llevamos barco con bandera extranjera en España hemos tenido que pasar por caja previamente.