Re: PPER....trabajar ...legalmente
Buenas tardes cofrades. Por todo lo que he leído, me gustaría aportar mi experiencia.
En el Régimen del mar solo existe la figura del trabajador por cuenta propia para pescadores de pequeñas embarcaciones, rederos y prácticos. Así, para trabajar como patrón de una embarcación que no es propia debemos inscribirnos en el Régimen del Mar por cuenta ajena, alguien debe contratarnos. Existe una figura especial que es el asimilado por cuenta ajena, que es precisamente el caso que se planteaba. Un Armador que trabaja de patrón para su barco. Se da de alta el barco en el ISM para tener cuenta de cotización como empleador (no tiene coste) y el patrón se da de alta como empleado por cuenta ajena, cotizando por todos los conceptos menos por desempleo, pues no tendrá derecho.
Saludos
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