Cita:
Originalmente publicado por Tupac A.
¿Un post sobre si hay que cumplir lo que el Ministerio de Fomento diga, aunque no se ajuste a la ley?
No creo que durara mucho ese debate. Bastaria con recordar el articulo 9.3 de la Constitucion: el principio de legalidad, la jerarquía normativa, la seguridad jurídica, la interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos.
Si eso son ganas de polemizar...
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Veamos, a partir del tratado de adhesión de España a la UE todas las normas EU son de aplicación y el ordenamiento jurídico está supeditado a la legislación UE. Es cierto que cuando són normas que modifican aspectos fundamentales han de ser ratificadas, cosa no obstante que no excluye jurídicamente su cumplimiento. En el caso que nos ocupa está la libre circulación de personas, bienes y peronas por todo el territorio de la UE y la prohibición expresa de poner trabas admibistrativas para el desarrollo de cualquier sector. La DGMM simplemente y con criterio muy sabio aplica dicha supeditación y por lo tanto acepta bajo el pago del impuesto preceptivo que un residente pueda navegar con un barco abanderado en la UE. Y solo sería posible un cambio de normativa si España sale de la UE.
El único problema viene que no todas las cias de seguros aceptan asegurar barcos con bandera extranjera.