La Taberna del Puerto Cleansailing
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Antiguo 27-02-2013, 18:38
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Predeterminado Re: Un Español que quiere ir con su barco a España.

Lo de tener el puerto base fuera es relativamente útil, y si lo llevas puesto en la matrícula te dará algún margen temporal pero bastan los informes de puerto que se mandan a las autoridades para que estas sepan cuanto tiempo has estado en cada puerto de España y si pasa de los días reglamentarios proceder a la denuncia.
Además lo del puerto base es muy relativo, ya que en los papeles no se hace el cambio de nombre cada vez que cambias de base real.
Yo puedo tener el barco todo el tiempo en Mallorca aunque mi puerto base sea Lieja y después ir a pasar el invierno a Cádiz y no cambio los papeles.
No sé que dice la ley con exactitud, pero la realidad de lo que se hace es esto.
Esperemos no estar haciendo algo incorrecto ($$$).
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Editado por LSV en 27-02-2013 a las 21:17.
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Predeterminado Re: Un Español que quiere ir con su barco a España.

Cita:
Originalmente publicado por Tupac A. Ver mensaje
... no se que dice El Temido...
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Originalmente publicado por El Temido II Ver mensaje
Creo que tienes 6 meses para navegar por España sin problemas.
El Temido dijo: "creo". O sea, tengo fe.

Bromas aparte, apunté ese dato, habida cuenta de algo que leí al respecto en otra web, y en la que, literalmente, pone:

"importación temporal para navegar en aguas de la UE durante seis meses al año"

Desconozco si es aplicable a este caso, sería cuestión de estudiarlo a fondo. Pero como por ahora, no es un tema que me afecte, no me voy a enfrascar con un meticuloso trabajo de investigación, de tan farragosa legislación, como es la española.

Me tengo que centrar en cosas que me atañen de forma más directa, que ya bastante tengo.

De todas forma, estimado cofrade Tupac, siempre es de agradecer aportaciones que pongan sobre aviso a la cofradía, para no caer en una infracción por ignorancia. A la administración le da igual que sea "queriendo o sin querer", el "cuarto y mitad" no te lo quita nadie.

Salud y
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Predeterminado Re: Un Español que quiere ir con su barco a España.

Cita:
Originalmente publicado por El Temido II Ver mensaje
El Temido dijo: "creo". O sea, tengo fe.

Bromas aparte, apunté ese dato, habida cuenta de algo que leí al respecto en otra web, y en la que, literalmente, pone:

"importación temporal para navegar en aguas de la UE durante seis meses al año"

Desconozco si es aplicable a este caso, sería cuestión de estudiarlo a fondo. Pero como por ahora, no es un tema que me afecte, no me voy a enfrascar con un meticuloso trabajo de investigación, de tan farragosa legislación, como es la española.

Me tengo que centrar en cosas que me atañen de forma más directa, que ya bastante tengo.

De todas forma, estimado cofrade Tupac, siempre es de agradecer aportaciones que pongan sobre aviso a la cofradía, para no caer en una infracción por ignorancia. A la administración le da igual que sea "queriendo o sin querer", el "cuarto y mitad" no te lo quita nadie.

Salud y
Fijate como es el proceso:

Laser09 pregunta por su situacion.
1. Danilo le dice que no hay pegas (sin mas argumento que "semos europeos"). Toma ya.
2. Tu le dices que crees que tiene 6 meses. Sin decir de donde viene esa informacion. Y sin caer en la cuenta de que el regimen de importacion temporal (la matricula turistica) es solo para residentes de fuera de la UE y, por tanto, no es aplicable a residentes en extremadura, como Laser09.
3. Bambam, que no tiene ni idea de nada, pontifica que "asi es, lo confirmo"
4. Danilo, que tampoco tiene ni idea, tambien confirma lo que tu dices.
5. LSV se apunta, y dice que lo unico que necesita es un seguro que diga que es valido en el extranjero. (Como alguien se guie por eso, el palo que le cae es monumental, porque lo que tiene que decir el seguro es que se rige por el RD 607/1999).
6. Por primera vez, alguien, J.R., plantea la duda de si no tendra que pagar el impuesto (llevabamos 5 respuestas, 5 barbaridades).
7. Yo doy la respuesta correcta.
8. Kendwa pregunta sorprendida (logico, porque que lo que dice la ley es una barbaridad).
9. Acm ha podido contrastar la base y argumentacion juridica de lo que he dicho yo, que me he molestado en mencionar las disposiciones correspondientes. A pesar de ello, dirime la controversia y dice que lo que dice El Temido es lo correcto y pontifica, sin ninguna base, una chorrada monumental. ¡Toma ya! ¡Viva el rigor!

Tras varias cuestiones y respuestas, yo contesto a Acm eso de que "no se que dice El Temido, pero lo correcto es lo que digo yo".

A mi me provoca las siguientes reflexiones:

1. Me da panico pensar que pueda haber gente que se guie por lo que lee en internet, en blogs, foros, etc. Las cinco primeras respuestas son cinco barbaridades. Y, ademas, confirmandose unas a otras. Pero sin ni un argumento. ¡Aterrador! Desde luego, como haya alguien tan burro de fiarse de lo que lee en un foro solo porque lo dicen varios miembros y otros "lo confirman", se merece lo que le pueda pasar. Concretamente, a Laser09 sus vacaciones le podian haber costado el 12% del valor del barco, y bien merecido lo hubiera tenido de haberos hecho caso.

2. Tu pones un post basandose an algo que leiste por ahi en internet, que ni siquiera es aplicable porque es solo para residentes de fuera de la UE. Yo pongo la respuesta correcta, con las referencias legales y explicando punto por punto. Para cualquier persona con un minimo sentido comun estaria claro. Y si es alguien un poco responsable, antes de opinar ira a ver esas referencias legales (como minimo, minimo, minimo). Pero no. Esto es un foro. Y aqui hay democracia para opinar y decidir que es lo correcto. Y, como dice Tropelio, aqui se decide democraticamente si las piedras caen hacia abajo o hacia arriba, sin hacer caso a esos "fascinerosos" que quieren imponer su opinion (una mera "opinion", tan valida como cualquier otra, pues "todos tenemos derecho a opinar"). Y, haciendo uso de su democratiquisimo derecho, Acm opina que le apetece mas la teoria de El Temido (aunque no dice de donde sale, y que, de hecho, no es aplicable al caso) que lo que dice Tupac Amaru. ¡Viva la democracia! Hay que ver lo fachas intolerantes somos algunos, que no respetamos el derecho de los demas a decidir si 2+2 son 4, o si son 5, o 6, o 27, o lo que les apetezca en ese momento.
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Predeterminado Re: Un Español que quiere ir con su barco a España.

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2. Tu pones un post basandose an algo que leiste por ahi en internet, que ni siquiera es aplicable porque es solo para residentes de fuera de la UE.
Era una web oficial y no era solo para residentes fuera de la UE.

Pero en definitiva, yo no afirmaba nada y sigo sin hacerlo.


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Predeterminado Re: Un Español que quiere ir con su barco a España.

Cita:
Originalmente publicado por Tupac A. Ver mensaje
Fijate como es el proceso:

Laser09 pregunta por su situacion.
1. Danilo le dice que no hay pegas (sin mas argumento que "semos europeos"). Toma ya.
2. Tu le dices que crees que tiene 6 meses. Sin decir de donde viene esa informacion. Y sin caer en la cuenta de que el regimen de importacion temporal (la matricula turistica) es solo para residentes de fuera de la UE y, por tanto, no es aplicable a residentes en extremadura, como Laser09.
3. Bambam, que no tiene ni idea de nada, pontifica que "asi es, lo confirmo"
4. Danilo, que tampoco tiene ni idea, tambien confirma lo que tu dices.
5. LSV se apunta, y dice que lo unico que necesita es un seguro que diga que es valido en el extranjero. (Como alguien se guie por eso, el palo que le cae es monumental, porque lo que tiene que decir el seguro es que se rige por el RD 607/1999).
6. Por primera vez, alguien, J.R., plantea la duda de si no tendra que pagar el impuesto (llevabamos 5 respuestas, 5 barbaridades).
7. Yo doy la respuesta correcta.
8. Kendwa pregunta sorprendida (logico, porque que lo que dice la ley es una barbaridad).
9. Acm ha podido contrastar la base y argumentacion juridica de lo que he dicho yo, que me he molestado en mencionar las disposiciones correspondientes. A pesar de ello, dirime la controversia y dice que lo que dice El Temido es lo correcto y pontifica, sin ninguna base, una chorrada monumental. ¡Toma ya! ¡Viva el rigor!

Tras varias cuestiones y respuestas, yo contesto a Acm eso de que "no se que dice El Temido, pero lo correcto es lo que digo yo".

A mi me provoca las siguientes reflexiones:

1. Me da panico pensar que pueda haber gente que se guie por lo que lee en internet, en blogs, foros, etc. Las cinco primeras respuestas son cinco barbaridades. Y, ademas, confirmandose unas a otras. Pero sin ni un argumento. ¡Aterrador! Desde luego, como haya alguien tan burro de fiarse de lo que lee en un foro solo porque lo dicen varios miembros y otros "lo confirman", se merece lo que le pueda pasar. Concretamente, a Laser09 sus vacaciones le podian haber costado el 12% del valor del barco, y bien merecido lo hubiera tenido de haberos hecho caso.

2. Tu pones un post basandose an algo que leiste por ahi en internet, que ni siquiera es aplicable porque es solo para residentes de fuera de la UE. Yo pongo la respuesta correcta, con las referencias legales y explicando punto por punto. Para cualquier persona con un minimo sentido comun estaria claro. Y si es alguien un poco responsable, antes de opinar ira a ver esas referencias legales (como minimo, minimo, minimo). Pero no. Esto es un foro. Y aqui hay democracia para opinar y decidir que es lo correcto. Y, como dice Tropelio, aqui se decide democraticamente si las piedras caen hacia abajo o hacia arriba, sin hacer caso a esos "fascinerosos" que quieren imponer su opinion (una mera "opinion", tan valida como cualquier otra, pues "todos tenemos derecho a opinar"). Y, haciendo uso de su democratiquisimo derecho, Acm opina que le apetece mas la teoria de El Temido (aunque no dice de donde sale, y que, de hecho, no es aplicable al caso) que lo que dice Tupac Amaru. ¡Viva la democracia! Hay que ver lo fachas intolerantes somos algunos, que no respetamos el derecho de los demas a decidir si 2+2 son 4, o si son 5, o 6, o 27, o lo que les apetezca en ese momento.
Tupac Amaru
Yo propongo que "La taberna del puerto" pase a ser el BOE, con ello cuando la GC pare a alguien se les conecta y sin ningun problema encontraran entre todos las "opiniones" alguna que te solucione el problema, al fin y al cabo estas leyes que nos hacen tambien son muy interpretables.

Mientras en el parlamento no acepten mi propuesta creo lo mejor es hacer caso a Tupac Amaru, que parece (seguro) que es el que más sabe y el que mas "chilla" (dicho con el máximo cariño )
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  #56  
Antiguo 28-02-2013, 09:22
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Predeterminado Re: Un Español que quiere ir con su barco a España.

Cita:
Originalmente publicado por El Temido II Ver mensaje
Era una web oficial y no era solo para residentes fuera de la UE.

Pero en definitiva, yo no afirmaba nada y sigo sin hacerlo.


Salud y
Supongo que te refieres a la Matricula Turistica, regulada por el RD 1571/1993 http://www.boe.es/diario_boe/txt.php...E-A-1993-23030

Esa importación temporal supone para ciudadanos no-UE la exención del pago de IVA e IEDMT, y para los comunitarios, la exención del IEDMT, con unas restricciones importantes en cuanto al uso de la embarcación.

En todo caso pueden acogerse a ese régimen únicamente NO residentes.

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laser059 (28-02-2013)
  #57  
Antiguo 28-02-2013, 10:42
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Predeterminado Respuesta: Un Español que quiere ir con su barco a España.

Solo comentar que cuando compre el barco me puse en contacto con una reputada gestoria náutica para informarme de si se podía mantener la bandera
francesa o que tramites debería seguir.
Pues bien lógicamente me dijo que eso era una locura que había que matricularlo y abanderarlo con el pabellón nacional. Le comente lo de la nueva normativa a lo que contesto poco menos que eso era una majadería.
Me paso un presupuesto para abanderarlo y matricularlo de unos 7000€...mas me imagino homologaciones ITB y demas.
Yo lo deduzco es que aqui hay muchos intereses encubiertos...
Ahora he pagado por un Bav 38, del 04 unos 2700€ entre impuesto trasmisiones patrimoniales y el impuesto de matriculación o impuesto de vehículos especiales.
saludos y
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J.R. (28-02-2013)
  #58  
Antiguo 28-02-2013, 11:52
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Predeterminado Re: Un Español que quiere ir con su barco a España.

Cita:
Originalmente publicado por Tupac A. Ver mensaje
Fijate como es el proceso:

Laser09 pregunta por su situacion.
1. Danilo le dice que no hay pegas (sin mas argumento que "semos europeos"). Toma ya.
2. Tu le dices que crees que tiene 6 meses. Sin decir de donde viene esa informacion. Y sin caer en la cuenta de que el regimen de importacion temporal (la matricula turistica) es solo para residentes de fuera de la UE y, por tanto, no es aplicable a residentes en extremadura, como Laser09.
3. Bambam, que no tiene ni idea de nada, pontifica que "asi es, lo confirmo"
4. Danilo, que tampoco tiene ni idea, tambien confirma lo que tu dices.
5. LSV se apunta, y dice que lo unico que necesita es un seguro que diga que es valido en el extranjero. (Como alguien se guie por eso, el palo que le cae es monumental, porque lo que tiene que decir el seguro es que se rige por el RD 607/1999).
6. Por primera vez, alguien, J.R., plantea la duda de si no tendra que pagar el impuesto (llevabamos 5 respuestas, 5 barbaridades).
7. Yo doy la respuesta correcta.
8. Kendwa pregunta sorprendida (logico, porque que lo que dice la ley es una barbaridad).
9. Acm ha podido contrastar la base y argumentacion juridica de lo que he dicho yo, que me he molestado en mencionar las disposiciones correspondientes. A pesar de ello, dirime la controversia y dice que lo que dice El Temido es lo correcto y pontifica, sin ninguna base, una chorrada monumental. ¡Toma ya! ¡Viva el rigor!
Hola Tupac:

Me sorprende el sentido de tus últimas intervenciones.
En todos los foros hay gente que da su opinión en muchos temas, unas veces se acierta y otras no, esos no tienen peligro.
Los peligrosos son los que se las dan de expertos en temas de los que no tienen ni idea o bastante poca y parecen hablar “ex-catedra” citando normas, convenios y directivas, presumiendo de haber participado en la redacción de normas jurídicas y ser experto en todo tipo de materias.
Una persona que presume de ser y saber tanto como tú haces, ha demostrado bastante ignorancia en conceptos básicos, en este mismo foro.
Te acuerdas, por ejemplo, del tema de la “residencia fiscal”, en aquél hilo, al quedar demostrada tu ignorancia te limitaste a desaparecer. Muy mal estilo.
De modo que puedes aplicarte a ti mismo lo que predicas.

Saludos.
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  #59  
Antiguo 28-02-2013, 12:37
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Thumbs up Re: Un Español que quiere ir con su barco a España.

Señores: no pienso decir ni palabra si no está presente mi abogado.
Recordemos que TODO lo que se dice aquí y en todo internet por extensión debe ser corroborado por distintos medios antes de darlo por definitivo y en casos como los de leyes no es definitivo ni siquiera después de que lo firme un juez.
Así que yo tomo todo esto como una orientación, mas o menos fiable según mi subjetivo criterio, pero solo como una orientación, que por ser dicha en voz más alta no vale más.
Como detalle, estoy pensando invitar a tomar algo a bordo a unas cuantas autoridades marítimas, Comandancia de puerto, GC, etc. y cuando estén A BORDO no dejarles bajar sin pagar el 12% del impuesto, a ver que cara ponen.

Yendo un poco más allá en nuestra "investigación" y para complicar más las cosas pregunto:
¿Alguien sabe si en los países de nuestro entorno hay esta misma norma o alguna parecida?.
Por ejemplo: ¿si navego por Francia un francés puede subir a tomar algo en un barco extranjero, el mío?, si navegando por Francia me encuentro con un barco alemán siendo yo español ¿puedo subir a su barco o el al mío legalmente?.
La ley en España existe, pero dudo mucho, salvo casos especiales, se haya aplicado alguna vez en los supuestos que comentamos.

Voy a tener que estudiar Derecho Marítimo Internacional solo para tomar una cerveza, creo que me haré abstemio que es más fácil.
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Predeterminado Re: Un Español que quiere ir con su barco a España.

LSV, recuerda que hay una diferencia fundamental... en Francia, en Bélgica o en el Reino Unido, la náutica es una afición más.

En cambio, en España,

1) el que tiene un barco de recreo es automáticamente un "millonetis" que merece las máximas atenciones por parte de Hacienda.

2) y, para la Dirección General de Marina Mercante, somos una especie de locos irresponsables que intentaríamos cruzar el Atlántico con una colchoneta de playa si no nos tuvieran atados bien cortito...
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  #61  
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Predeterminado Re: Un Español que quiere ir con su barco a España.

Ed. Tabernero: Incumple las normas del foro

Editado por Tabernero en 28-02-2013 a las 13:37.
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  #62  
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Predeterminado Re: Un Español que quiere ir con su barco a España.

Cita:
Originalmente publicado por LSV Ver mensaje
Señores: no pienso decir ni palabra si no está presente mi abogado.
Recordemos que TODO lo que se dice aquí y en todo internet por extensión debe ser corroborado por distintos medios antes de darlo por definitivo y en casos como los de leyes no es definitivo ni siquiera después de que lo firme un juez.
Así que yo tomo todo esto como una orientación, mas o menos fiable según mi subjetivo criterio, pero solo como una orientación, que por ser dicha en voz más alta no vale más.
Como detalle, estoy pensando invitar a tomar algo a bordo a unas cuantas autoridades marítimas, Comandancia de puerto, GC, etc. y cuando estén A BORDO no dejarles bajar sin pagar el 12% del impuesto, a ver que cara ponen.

Yendo un poco más allá en nuestra "investigación" y para complicar más las cosas pregunto:
¿Alguien sabe si en los países de nuestro entorno hay esta misma norma o alguna parecida?.
Por ejemplo: ¿si navego por Francia un francés puede subir a tomar algo en un barco extranjero, el mío?, si navegando por Francia me encuentro con un barco alemán siendo yo español ¿puedo subir a su barco o el al mío legalmente?.
La ley en España existe, pero dudo mucho, salvo casos especiales, se haya aplicado alguna vez en los supuestos que comentamos.

Voy a tener que estudiar Derecho Marítimo Internacional solo para tomar una cerveza, creo que me haré abstemio que es más fácil.
Por supuesto que no hay nada parecido. Ni en regimenes comunistas ni en los mas liberales; ni en el tercer mundo ni en los paises mas desarrollados. En los demas sitios, o bien no se preocupan de normativas y que cada uno haga lo que responsablemente crea, o si desarrollan una normativa no pierden de vista el sentido de la logica.

De todas formas, insisto que en las resoluciones y consultas que yo he visto hasta ahora nunca he visto que se hubiera planteado ningun problema por el hecho de que un residente subiera a bordo de un barco no matriculado. Sin haber estudiado el tema, tengo la impresion de que, mas o menos, lo que se ha venido aplicando es que un residente no esta usando el barco si su titular no-residente este a bordo. De todas formas, no he visto nada hablando especificamente del tema, ni en normativa ni en consultas ni resoluciones (mucho menos, jurisprudencia). Por tanto, podria haber noticias en contra.
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  #63  
Antiguo 28-02-2013, 13:20
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Angry Re: Un Español que quiere ir con su barco a España.

Cita:
Originalmente publicado por Tupac A. Ver mensaje
....Ed. por Tabernero
No saques conclusiones segadas y victimistas, lo que dices no es exactamente así. Desde hace mucho tiempo tus intervenciones en estos y otros temas donde se toque algo que te huela a "España" son siempre de un marcado tinte despectivo o incluso ofensivo y ese es el motivo de que borremos tus mensajes no tu idea ni sentimientos personales al respecto que son muy respetables.

Los mismos sentimientos que tienes tu hacia tu "odiada" España lo tienen otros hacia tu "adorada" Cataluña pero se lo callan e intentan no ofender ni herir sentimientos aprovechando la más mínima ocasión como tú haces siempre. Quien alguna vez hace algún comentario sobre lo que a ti y a otros les "duele" también se borran de inmediato en cuanto tenemos conocimiento de ello.

Ya vale y cansan tus continuas insinuaciones sobre el doble rasero en la moderación. Lo que no entiendo es que si te encuentras tan a disgusto y te sientes tan "censurado" ¿qué haces continuando en este foro?

Salu2

Editado por Tabernero en 28-02-2013 a las 13:38.
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  #64  
Antiguo 28-02-2013, 13:46
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Tupac A., yo voy a dar menos explicaciones que el bueno de Atarip. Sólo decirte que de seguir por este camino serás expulsado definitivamente del foro. Ya llevas dos infracciones en menos de 24 horas.
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  #65  
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Predeterminado Re: Un Español que quiere ir con su barco a España.

Hola, acabo de llamar a Capitanía y a Aduanas, en ambos casos me han dicho que no existe ningún problema con el caso que os exponía. Es decir, que temporalmente puedo recalar en un puerto español sin abonar absolutamente nada.
La verdad es que como comentabáis anteriormente, creo que debemos leer muy detenidamente la legislación a aplicar, pués lo que parece es que la interpretación que hace la Agencia tributaria es no exigir este Impuesto Especial inicialmente.
El ejemplo que me ha puesto el señor que me atendió (muy amable, por cierto), es que si tu quieres comprar un vehículo alemán y te lo traen para probarlo, no necesitas inicialmente ni pagar impuestos y matricularlo (aunque en barcos no es obligatorio), es cuando decides que el barco permanece definitivamente cuando debes abonarlo. Porque se podría dar el caso de que finalmente no lo compres
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  #66  
Antiguo 28-02-2013, 13:54
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Predeterminado Re: Un Español que quiere ir con su barco a España.

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Por ejemplo: ¿si navego por Francia un francés puede subir a tomar algo en un barco extranjero, el mío?, si navegando por Francia me encuentro con un barco alemán siendo yo español ¿puedo subir a su barco o el al mío legalmente?.
La ley en España existe, pero dudo mucho, salvo casos especiales, se haya aplicado alguna vez en los supuestos que comentamos.

Voy a tener que estudiar Derecho Marítimo Internacional solo para tomar una cerveza, creo que me haré abstemio que es más fácil.
La cita que te dí referente a los "riesgos" para los invitados, era del bufete Deloitte. No creo que pretenda decir que de forma indiscriminada Hacienda intente hacer pagar el IEDMT a los invitados. Más bien, que dada la ambigua redacción de la DA1, si sospecha (acertada o erróneamente) de la relación del "invitado" con la propiedad de la embarcación (o con su usufructo), puede tirar por el camino directo de "uso por un residente" sin necesidad de investigar vinculación alguna para obligarle a liquidar el impuesto. Así lo interpreto yo.

Saludos
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  #67  
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Predeterminado Re: Un Español que quiere ir con su barco a España.

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¿Un Español residente en España puede tener, legalmente, según las leyes Portuguesas un barco matriculado en Portugal? ¿No exigen residencia en ese país?
Claro que sí, al fin y al cabo estamos dentro de la UE y hay libre comercio. Realmente el barco fue adquirido por leasing y yo se lo tengo "alquilado" a una empresa portuguesa.
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  #68  
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"Hola, acabo de llamar a Capitanía y a Aduanas, en ambos casos me han dicho que no existe ningún problema con el caso que os exponía. Es decir, que temporalmente puedo recalar en un puerto español sin abonar absolutamente nada".

Esta respuesta resume todo el hilo, a mi entender, y aquello que dije en la primera respuesta es lo que de hecho se aplica y confirma Aduanas y la GC: se puede entrar en este país con un barco extranjero, sea o no sea tuyo y lo único que te pedirán en todas partes, incluyendo los puertos es un seguro válido en España.
Pese a todo yo habría filmado la conversación incluyendo los números de marcado y no estaría mal que se hubiera podido conseguir por escrito y con firma del responsable.
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  #69  
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Editado por Tabernero en 28-02-2013 a las 15:26.
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Claro que sí, al fin y al cabo estamos dentro de la UE y hay libre comercio. Realmente el barco fue adquirido por leasing y yo se lo tengo "alquilado" a una empresa portuguesa.
Alquilado, es otra historia, el titulo del post debería ser "Un Español que quiere ir con un barco alquilado a España".
No se trata de libertad de comercio, puedes comprar o alquilar donde quieras.
Cada país tiene sus propias normas, lo normal en Europa es que para matricular o mantener la bandera de un barco a tu nombre, te exijan ser nacional o residente en ese país.


Saludos.
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Os pongo un extracto de la Ley 38/1992 para su reflexión
Artículo 16. Circulación intracomunitaria.
1. Los productos objeto de los impuestos especiales de fabricación, adquiridos por particulares en otro Estado miembro, dentro del territorio de la Comunidad, en el que se ha satisfecho el impuesto vigente en el mismo, para satisfacer sus propias necesidades y transportados por ellos mismos, no estarán sometidos al impuesto vigente en el ámbito territorial interno y su circulación y tenencia por dicho ámbito no estará sujeta a condición alguna, siempre que no se destinen a fines comerciales.

Disposición transitoria primera. Circulación intracomunitaria
1. Hasta el 30 de junio de 1999, los impuestos especiales de fabricación no serán exigibles respecto de las adquisiciones de productos gravados que, en una tienda libre de impuestos o a bordo de un avión o barco en vuelos o travesía intracomunitaria, efectúen los viajeros con ocasión de su desplazamiento de un Estado miembro a otro. Este beneficio se limita a los bienes así adquiridos que dichos viajeros transporten, como equipaje personal, en cantidades no superiores a las establecidas para las importaciones con exención de estos impuestos efectuadas por viajeros procedentes de países terceros.
El mismo tratamiento se otorgará, con respecto a los productos adquiridos en los establecimientos de venta situados en el recinto de una de las dos terminales de acceso al túnel bajo el Canal de la Mancha, a viajeros que tengan en su poder un título de transporte válido para el trayecto efectuado entre ambas terminales.
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Predeterminado Re: Un Español que quiere ir con su barco a España.

Cita:
Originalmente publicado por laser059 Ver mensaje
Os pongo un extracto de la Ley 38/1992 para su reflexión
Artículo 16. Circulación intracomunitaria.
1. Los productos objeto de los impuestos especiales de fabricación, adquiridos por particulares en otro Estado miembro, dentro del territorio de la Comunidad, en el que se ha satisfecho el impuesto vigente en el mismo, para satisfacer sus propias necesidades y transportados por ellos mismos, no estarán sometidos al impuesto vigente en el ámbito territorial interno y su circulación y tenencia por dicho ámbito no estará sujeta a condición alguna, siempre que no se destinen a fines comerciales.

Disposición transitoria primera. Circulación intracomunitaria
1. Hasta el 30 de junio de 1999, los impuestos especiales de fabricación no serán exigibles respecto de las adquisiciones de productos gravados que, en una tienda libre de impuestos o a bordo de un avión o barco en vuelos o travesía intracomunitaria, efectúen los viajeros con ocasión de su desplazamiento de un Estado miembro a otro. Este beneficio se limita a los bienes así adquiridos que dichos viajeros transporten, como equipaje personal, en cantidades no superiores a las establecidas para las importaciones con exención de estos impuestos efectuadas por viajeros procedentes de países terceros.
El mismo tratamiento se otorgará, con respecto a los productos adquiridos en los establecimientos de venta situados en el recinto de una de las dos terminales de acceso al túnel bajo el Canal de la Mancha, a viajeros que tengan en su poder un título de transporte válido para el trayecto efectuado entre ambas terminales.
Esta norma, además del llamado "Impuesto de Matriculación" regula otros impuestos, lo que transcribes se refiere a "Impuestos de fabricación".
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  #73  
Antiguo 28-02-2013, 18:16
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Predeterminado Re: Un Español que quiere ir con su barco a España.

Supongo que un impuesto de fabricación es el IVA, que ha de ser pagado en cualquier país de la comunidad.
Cuando aún pensaba comprar el barco en USA me informaron de que el IVA debía estar pagado en Europa y miré si me convenía traerlo a través de algún otro país comunitario y pagar menos, pero resultó que el iva español era uno de los más bajos ¡¡¡!!!
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  #74  
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Editado por Tabernero en 28-02-2013 a las 23:59.
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Editado por LSV en 01-03-2013 a las 13:06.
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