Cita:
Originalmente publicado por Ship iron
Amo a ver:
En la marina hay un precioso hunter 34 que me hace tilín... Lo típico, tengo que vender antes el mío y tal... El barco es polaco, y su amable armador me explica que no pasa nada, que lo compro y yastá... Supongo que a liquidar el Itp en mi comunidad... Pero supongo que el cambio de nombre deberé hacerlo en Polonia no?
Lo debo registrar en capitanía?
Es legal con mi residencia y puerto no abanderar aquí?
Quien me tramita el cambio en Polonia?, me van a pedir el tipo de Aragón ? si no sabrán qué es!
Me asegurarán el barco en una compañía española al uso.?
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Pues mira, tú que tienes un polaco a mano, exprímelo a preguntas. Cómo es la ley en polonia, si conoce alguna página donde se pueda consultar la legislación, cómo se hace el cambio de titularidad allí, si se puede hacer vía web, si te permiten hacerlo sin ser polaco ni residente, etc.
En cuanto a España, sí, puedes mantener la bandera extranjera del barco, aunque seas español. Mantienes la obligación de pagar el IEDMT si no lo tiene pagado, y el ITP en tu comunidad. Si una compañía no te lo quiere asegurar, ve a otra. Aquí en la taberna se promociona un agente.
Cita:
Su armador me dice que en Pol te apañas con el seguro y a correr, que él no tiene título y ha recorrido medio mundo ...
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Ésto es lo mejor: provoca

que alguien diga que hace lo que le da la gana.
Salud!

