La Taberna del Puerto Almayer
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Predeterminado Re: ¿Para cuándo la reforma de titulaciones?

Una pequeña corrección, cuando dije director me refería al jefe de estudios, para el director no hay ningún requisito especial, aunque normalmente la figura del director y jefe de estudios suele ser la misma

Orden Fom 3200/2007 artículo 24 párrafo c)
3. El jefe de estudios deberá poseer un título profesional marítimo de nivel igual o superior al de piloto de segunda de la marina mercante o de una titulación de diplomado en náutica y transporte marítimo o licenciado en náutica y transporte marítimo, así como los homologados por el Real Decreto 1954/1994,de 30 de septiembre, sobre homologación de títulos a los del catálogo de títulos universitarios oficiales.

Editado por whitecast en 25-11-2013 a las 11:17.
 

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