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Antiguo 22-01-2014, 23:48
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Predeterminado Bandera belga y seguro



En algún lugar del kilometrico hilo que tenemos abierto sobre el cambio a esta bandera me ha parecido leer que no hay problema a la hora de encontrar seguro para nuestra embarcacion bajo la nueva bandera. Ahora bien:

el hecho de que en Belgica no haya zonas de navegacion, significa que el seguro nos cubrira independientemente de donde o a que distancia de la costa naveguemos? o es algo que habria que negociar con la aseguradora?

muchas gracias por lo que podias aportar

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astrolabio68 (23-01-2014)
  #2  
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Predeterminado Re: Bandera belga y seguro

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Originalmente publicado por Mirlotu Ver mensaje


En algún lugar del kilometrico hilo que tenemos abierto sobre el cambio a esta bandera me ha parecido leer que no hay problema a la hora de encontrar seguro para nuestra embarcacion bajo la nueva bandera. Ahora bien:

el hecho de que en Belgica no haya zonas de navegacion, significa que el seguro nos cubrira independientemente de donde o a que distancia de la costa naveguemos? o es algo que habria que negociar con la aseguradora?

muchas gracias por lo que podias aportar

Efectivamente. En mi caso Metromar me cubre toda la mediterránea y hasta Canarias, en un barquito de 5 metros que siendo Español sería zona 4...
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  #3  
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Predeterminado Re: Bandera belga y seguro



Muchas gracias por la respuesta.

Algun otro cofrade tiene mas ejemplos de esto?

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  #4  
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Predeterminado Re: Bandera belga y seguro

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Originalmente publicado por astrolabio68 Ver mensaje
Efectivamente. En mi caso Metromar me cubre toda la mediterránea y hasta Canarias, en un barquito de 5 metros que siendo Español sería zona 4...
Astrolabio, por curiosidad, ¿a precio más o menos normal?

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  #5  
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Predeterminado Re: Bandera belga y seguro

A este respecto, hace poco tuve una oferta para un cliente mío pro parte de una compañía española, para un barco de 30 pies de 1972 recién abanderado en Bélgica.

Todo riesgo con cobertura en todo el Mediterráneo, aguas europeas y Canarias y franquicia de 250 euros por alrededor de 600 euros al año.

salud!!!
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  #6  
Antiguo 23-01-2014, 17:49
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Predeterminado Re: Bandera belga y seguro

En cada póliza se especifica lo que cubre. En la mia pone todo el mediterraneo, y fuera de él, a 200 millas de la costa. Y que el barco esté autorizado administrativamente para la zona que está, como con baldera belga está autorizado para ir por toooooollll mar, pues lo que manda son las restricciones de la póliza. Consulta a tu compañía antes de empezar el trámite, la mía no puso ninguna pega, me mandó un anexo especificando la nueva bandera y el número de la lettre de pavillon, y a tirar millas....
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  #7  
Antiguo 23-01-2014, 17:51
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Predeterminado Re: Bandera belga y seguro

Cita:
Originalmente publicado por Jadarvi Ver mensaje
A este respecto, hace poco tuve una oferta para un cliente mío pro parte de una compañía española, para un barco de 30 pies de 1972 recién abanderado en Bélgica.

Todo riesgo con cobertura en todo el Mediterráneo, aguas europeas y Canarias y franquicia de 250 euros por alrededor de 600 euros al año.

salud!!!
Cofrade Jadarvi, . ¿ Me podrias indicar por privado la compañia ?. Gracias. saludos.
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  #8  
Antiguo 23-01-2014, 20:39
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Predeterminado Re: Bandera belga y seguro

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Originalmente publicado por otoio Ver mensaje
Astrolabio, por curiosidad, ¿a precio más o menos normal?

Normalísimo. El mismo precio que pagaba antes con bandera española. Y con 6 personas en vez de 4
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  #9  
Antiguo 23-01-2014, 22:45
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Predeterminado Re: Bandera belga y seguro

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  #10  
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Predeterminado Re: Bandera belga y seguro

Saludos. A continuación les pongo la claúsula que mi seguro adjuntó tras el cambio de bandera. me gustaría que opinaran al respecto. No se contradice un párrafo con otro? Dependiendo de por donde tenga el siniestro se me aplicarán unas condiciones u otras? Ustedes tienen esta claúsula tal cual o es distinta?. Gracias a todos.

CONDICIONES ESPECIALES DE APLICACIÓN PARA EMBARCACIONES CON BANDERA EXTRANJERA
Como aclaración de lo dispuesto en las Condiciones Generales de aplicación al Seguro (Art. 20), se hace constar que si la embarcación asegurada tuviere bandera extranjera, el Tomador del Seguro o el Asegurado se obligan a cumplir fielmente las normas de derecho positivo en material de navegación y seguridad marítima que resulten Aplicables de conformidad con la legislación del estado de la bandera de la embarcación asegurada.
Igualmente, será dicha legislación del estado de la bandera de la embarcación, la competente para determinar la documentación que deberá reunir la misma, reconocimientos obligatorios, etc., así como las condiciones, requisitos y titulación que deberá ostentar su tripulación y, en particular, el personal al mando de la misma.
No obstante lo anterior, si el personal al mando de la embarcación fuere de nacionalidad española y la navegación se realizara en aguas de soberanía española, este personal deberá ostentar los requisitos y titulaciones previstas en la legalidad vigente en España al momento de la ocurrencia del siniestro.
Asimismo, si la embarcación se dedicara a alquiler o arriendo, el Tomador del Seguro o Asegurado deberá cumplir las disposiciones legales vigentes que regulen dicha actividad en el país donde se ejerza.
Mediante la firma de este documento, el Tomador del Seguro acepta expresamente las cláusulas limitativas de los derechos del Asegurado que se resaltan en letra negrita.
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"No te rías de un pequeño dátil, algún día llegará a ser una gran palmera". Proverbio bereber.

"Sólo es capaz de realizar los sueños el que,
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  #11  
Antiguo 11-02-2014, 11:52
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Predeterminado Re: Bandera belga y seguro

Con AXA -y no es publicidad- no he tenido ningún problema . Es más un seguro a todo riesgo como el que tenia y resulta que cuando me llegue la bandera belga será ciento y pico euros,,,,,,,,más barato !!!!!!!!!!!
Y fessssstivamente para toito to er mundo navegable
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AENAVE ,,,,, Y A SEGUIR NAVEGANDO !!!
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  #12  
Antiguo 11-02-2014, 12:04
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Predeterminado Re: Bandera belga y seguro

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Originalmente publicado por jotaguirre Ver mensaje
Con AXA -y no es publicidad- no he tenido ningún problema . Es más un seguro a todo riesgo como el que tenia y resulta que cuando me llegue la bandera belga será ciento y pico euros,,,,,,,,más barato !!!!!!!!!!!
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Saludos Jotaguirre. Yo tampoco he tenido problemas con el cambio, sin embargo me gustaría que opinaran de la redacción de la CLAUSULA, a lo que obliga y si es o no contradictoria en su texto. Gracias por tu rápida respuesta.
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  #13  
Antiguo 11-02-2014, 12:53
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Predeterminado Re: Bandera belga y seguro

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Originalmente publicado por chachón Ver mensaje
Saludos. A continuación les pongo la claúsula que mi seguro adjuntó tras el cambio de bandera. me gustaría que opinaran al respecto. No se contradice un párrafo con otro? Dependiendo de por donde tenga el siniestro se me aplicarán unas condiciones u otras? Ustedes tienen esta claúsula tal cual o es distinta?. Gracias a todos.

CONDICIONES ESPECIALES DE APLICACIÓN PARA EMBARCACIONES CON BANDERA EXTRANJERA
Como aclaración de lo dispuesto en las Condiciones Generales de aplicación al Seguro (Art. 20), se hace constar que si la embarcación asegurada tuviere bandera extranjera, el Tomador del Seguro o el Asegurado se obligan a cumplir fielmente las normas de derecho positivo en material de navegación y seguridad marítima que resulten Aplicables de conformidad con la legislación del estado de la bandera de la embarcación asegurada.
Igualmente, será dicha legislación del estado de la bandera de la embarcación, la competente para determinar la documentación que deberá reunir la misma, reconocimientos obligatorios, etc., así como las condiciones, requisitos y titulación que deberá ostentar su tripulación y, en particular, el personal al mando de la misma.
No obstante lo anterior, si el personal al mando de la embarcación fuere de nacionalidad española y la navegación se realizara en aguas de soberanía española, este personal deberá ostentar los requisitos y titulaciones previstas en la legalidad vigente en España al momento de la ocurrencia del siniestro.
Asimismo, si la embarcación se dedicara a alquiler o arriendo, el Tomador del Seguro o Asegurado deberá cumplir las disposiciones legales vigentes que regulen dicha actividad en el país donde se ejerza.
Mediante la firma de este documento, el Tomador del Seguro acepta expresamente las cláusulas limitativas de los derechos del Asegurado que se resaltan en letra negrita.
Sí me parece contradictorio. Tienes que cumplir la normativa del país de la bandera. El párrafo que he puesto yo en negrita me parece un abuso de la compañía de seguros y yo no lo aceptaría.

Pero además, los requisitos y titulaciones previstas en la legalidad vigente en España al momento de la ocurrencia del siniestro, si el barco es de bandera belga, son lo que dicte Bélgica, por lo que el texto es bastante ambiguo.
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chachón (11-02-2014)
  #14  
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Predeterminado Re: Bandera belga y seguro

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Con AXA -y no es publicidad- no he tenido ningún problema . Es más un seguro a todo riesgo como el que tenia y resulta que cuando me llegue la bandera belga será ciento y pico euros,,,,,,,,más barato !!!!!!!!!!!
Y fessssstivamente para toito to er mundo navegable
Enhorabuena.

Y dices que tienes cobertura mundial ? ¿cruces del atlantico tambien? Tu tienes un 28 pies,verdad cofrade?

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  #15  
Antiguo 11-02-2014, 18:01
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Predeterminado Re: Bandera belga y seguro

Yo también estoy con AXA, un 41 pies por 800 al año con franquicia de 300. Y ningún problema por la bandera.
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  #16  
Antiguo 11-02-2014, 18:15
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Predeterminado Re: Bandera belga y seguro

Tiene toda la lógica ya que nuestro país exige para manejar embarcaciones de recreo en nuestras aguas una titulación. El proyecto de OM de titulaciones de recreo que se aprobará en breve dice lo siguiente en su disposición adicional V:

Disposición adicional quinta. Exigencia de titulación.

Toda persona que gobierne una embarcación de recreo, abanderada en otros Estados, que navegue por aguas en las que España ejerza soberanía,
derechos soberanos o jurisdicción deberá estar en posesión de una titulación que le habilite para realizar dicha navegación.
A estos efectos será exigible la correspondiente, en su caso, al Estado cuyo pabellón enarbole la embarcación, o en su defecto la de la nacionalidad
de la persona que la gobierna.
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  #17  
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Predeterminado Re: Bandera belga y seguro

Cita:
Originalmente publicado por whitecast Ver mensaje
Tiene toda la lógica ya que nuestro país exige para manejar embarcaciones de recreo en nuestras aguas una titulación. El proyecto de OM de titulaciones de recreo que se aprobará en breve dice lo siguiente en su disposición adicional V:

Disposición adicional quinta. Exigencia de titulación.

Toda persona que gobierne una embarcación de recreo, abanderada en otros Estados, que navegue por aguas en las que España ejerza soberanía,
derechos soberanos o jurisdicción deberá estar en posesión de una titulación que le habilite para realizar dicha navegación.
A estos efectos será exigible la correspondiente, en su caso, al Estado cuyo pabellón enarbole la embarcación, o en su defecto la de la nacionalidad
de la persona que la gobierna.

Pues eso, la correspondiente al Estado cuyo pabellón enarbole, o sea, bajo pabellón belga, NINGUNA TITULACION

sALUD.
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  #18  
Antiguo 11-02-2014, 19:58
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Predeterminado Re: Bandera belga y seguro

Gracias por las respuestas. Yo no quería entrar en lo de la titulaciones porque tenemos varios hilos abiertos, me refería justo a lo que expone LordNelson, ¿cuando se habla de requisitos a que se refiere? Si tengo un siniestro en aguas españolas debo llevar los elementos de seguridad que España dice par que el seguro me cubra? y si estoy fuera de España basta con tener el "modo Belga"? Parece absurdo en toda regla pero la clausula está ahí y por eso la expuse en el foro por si es usual este formato o preparo una "reunión amistosa " con mi seguro. Sigo a la escucha.
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  #19  
Antiguo 11-02-2014, 20:05
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Predeterminado Re: Bandera belga y seguro

Cita:
Originalmente publicado por chachón Ver mensaje
Gracias por las respuestas. Yo no quería entrar en lo de la titulaciones porque tenemos varios hilos abiertos, me refería justo a lo que expone LordNelson, ¿cuando se habla de requisitos a que se refiere? Si tengo un siniestro en aguas españolas debo llevar los elementos de seguridad que España dice par que el seguro me cubra? y si estoy fuera de España basta con tener el "modo Belga"? Parece absurdo en toda regla pero la clausula está ahí y por eso la expuse en el foro por si es usual este formato o preparo una "reunión amistosa " con mi seguro. Sigo a la escucha.
No es una cuestion solo de normativa y legislacion. Cualquier compañia de seguros puede poner en sus contratos las condiciones y exigencias que quiera, al margen de que esten en una norma o no.

Lloyds mismo, ante la falta de normativa britanica, desarrollo sus propios reglamentos de exigencias que los armadores asegurados se comprometen a cumplir. Y si no los cumplian, quedaban excluidos de cobertura. De hecho, esas exigencias se convirtieron en un estandard de referencia internacional.

En resumen, que si le da la gana, una compañia puede exigir que un patron tenga el titulo de patron, o de capitan, español, ingles, o filipino; o exigir una determinada medida de seguridad; o remitirse a la normativa del pais de bandera, o de cualquier otro. Y no busques necesariamente la explicacion en si la legislacion dice esto u esto otro.

Otra cosa es que, adicionalmente, las polizas suelen tener una clausula de que si se incumple la legislacion aplicable, se excluye la cobertura, con lo cual, ademas de la legislacion aplicable, tendras que cumplir las condiciones que añada la poliza.
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  #20  
Antiguo 11-02-2014, 20:51
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Predeterminado Re: Bandera belga y seguro

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Saludos Jotaguirre. Yo tampoco he tenido problemas con el cambio, sin embargo me gustaría que opinaran de la redacción de la CLAUSULA, a lo que obliga y si es o no contradictoria en su texto. Gracias por tu rápida respuesta.
Como digo, estoy esperando la documentacion, de la DGMM para solicitar la Carte Pabellon Belga,,,,osease bandera Belga, ya..!!!!
He ido a tomarme uno coffe con mi agente de seguros -AXA- y con la poliza en la mano y tirando este de tlf a Madrid, me cuenta lo que aqui relato; que no solo no habrá problemas, si no que me saldrá más barato


Otra cosa es el que cada uno habrá de leerse las clausulas, condiciones etc que le presenten. Pero vaya, que lo que sobran son compañias y ofertas de seguros a cascoporro
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  #21  
Antiguo 12-02-2014, 09:38
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Predeterminado Re: Bandera belga y seguro

Alto y claro como siempre Tupac.
Gracias nuevamente Jotaguirre.
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  #22  
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Predeterminado Re: Bandera belga y seguro

Pero ojo! es verdad que en AXA dice que está asegurado en todo el Mediterraneo incluso hasta Canarias, pero hay que modificar una cosa...los datos del barco: matrícula y bandera
En mi caso cuando lo aseguré tenía bandera española y consta en la póliza, como también su matrícula...cosa que ahora al ser belga (al fin!!!) esos datos no corresponderían con el barco con lo cual HAY que modificarlo con tu tomador del seguro
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  #23  
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Predeterminado Re: Bandera belga y seguro

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Cofrade Jadarvi, . ¿ Me podrias indicar por privado la compañia ?. Gracias. saludos.
Y A MI, POR FAVOR, MUCHAS GRACIAS DE ANTEMANO
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  #24  
Antiguo 08-07-2015, 09:41
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Predeterminado Re: Bandera belga y seguro

Aparte de notificar el cambio de bandera,tiene que quedar muy claro que vamos a navegar mas alla de lo que permite la titulacion española, que una cosa es la bandera y otra la titulacion,que lo den por escrito.
El cofrade chacon ya lo dice:

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Como aclaración de lo dispuesto en las Condiciones Generales de aplicación al Seguro (Art. 20), se hace constar que si la embarcación asegurada tuviere bandera extranjera, el Tomador del Seguro o el Asegurado se obligan a cumplir fielmente las normas de derecho positivo en material de navegación y seguridad marítima que resulten Aplicables de conformidad con la legislación del estado de la bandera de la embarcación asegurada.
Igualmente, será dicha legislación del estado de la bandera de la embarcación, la competente para determinar la documentación que deberá reunir la misma, reconocimientos obligatorios, etc., así como las condiciones, requisitos y titulación que deberá ostentar su tripulación y, en particular, el personal al mando de la misma.
No obstante lo anterior, si el personal al mando de la embarcación fuere de nacionalidad española y la navegación se realizara en aguas de soberanía española, este personal deberá ostentar los requisitos y titulaciones previstas en la legalidad vigente en España al momento de la ocurrencia del siniestro.
Asimismo, si la embarcación se dedicara a alquiler o arriendo, el Tomador del Seguro o Asegurado deberá cumplir las disposiciones legales vigentes que regulen dicha actividad en el país donde se ejerza.
Mediante la firma de este documento, el Tomador del Seguro acepta expresamente las cláusulas limitativas de los derechos del Asegurado que se resaltan en letra negrita.

Los derechos soberanos son 200 millas,mas alla sin problemas.


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  #25  
Antiguo 08-07-2015, 19:14
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Predeterminado Re: Bandera belga y seguro

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Originalmente publicado por Pepota Ver mensaje
Aparte de notificar el cambio de bandera,tiene que quedar muy claro que vamos a navegar mas alla de lo que permite la titulacion española, que una cosa es la bandera y otra la titulacion,que lo den por escrito.
El cofrade chacon ya lo dice:

CONDICIONES ESPECIALES DE APLICACIÓN PARA EMBARCACIONES CON BANDERA EXTRANJERA
Como aclaración de lo dispuesto en las Condiciones Generales de aplicación al Seguro (Art. 20), se hace constar que si la embarcación asegurada tuviere bandera extranjera, el Tomador del Seguro o el Asegurado se obligan a cumplir fielmente las normas de derecho positivo en material de navegación y seguridad marítima que resulten Aplicables de conformidad con la legislación del estado de la bandera de la embarcación asegurada.
Igualmente, será dicha legislación del estado de la bandera de la embarcación, la competente para determinar la documentación que deberá reunir la misma, reconocimientos obligatorios, etc., así como las condiciones, requisitos y titulación que deberá ostentar su tripulación y, en particular, el personal al mando de la misma.
No obstante lo anterior, si el personal al mando de la embarcación fuere de nacionalidad española y la navegación se realizara en aguas de soberanía española, este personal deberá ostentar los requisitos y titulaciones previstas en la legalidad vigente en España al momento de la ocurrencia del siniestro.
Asimismo, si la embarcación se dedicara a alquiler o arriendo, el Tomador del Seguro o Asegurado deberá cumplir las disposiciones legales vigentes que regulen dicha actividad en el país donde se ejerza.
Mediante la firma de este documento, el Tomador del Seguro acepta expresamente las cláusulas limitativas de los derechos del Asegurado que se resaltan en letra negrita.

Los derechos soberanos son 200 millas,mas alla sin problemas.


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Hola Pepota.

Estás seguro de que es la nacionalidad española del patrón la que determina la necesidad de estar en posesión del título español? No es la residencia española la que determina ese requisito?
Un saludo y gracias
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Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a astrolabio68
kuovadix (08-07-2015)
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El seguro de mi barc


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