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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Hola, no veo yo tampoc porque impedirles que revisen, pero la pregunta, es si pueden hacerlo, porque hay muchas cosas, que hacen, sin que sea legal, y aunque me da igual que me revisen, me gusta saber, lo que es legal y lo que no. un saludo
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#2
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Yo creo que podrían hacer otras cosas mejores que estar con el silbato en el muelle, hace poco un barco de unos 50 pies se las vio y deseo para poder atracar donde le ordenaban debido al fuerte viento que había, no les importo un carajo que la maniobra comportara riesgo, a mi que alguien me explique si esto es necesario y si yo tengo obligación de prestar atención a un tío que me silba a 150 metros desde un muelle
No tengo nada que esconder pero si me silban me haré el loco y la radio que esta dentro no la escucho en la bañera si llevo el motor, lo tengo clarinete![]() ![]() ![]() |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Xavier Vila | ||
pamperohurk (22-08-2014) | ||
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#3
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Cita:
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#4
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![]() si un agente de la autoridad desde la copa de un pino o desde el bar de pepe te dice que te quiere inspeccionar tu como patron estas obligado a facilitarle la tarea y a saber hacerlo ![]() ![]()
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#5
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Cita:
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BARRILES DE RON JAMAICANO PARA TODOS
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#6
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![]() ! Aclaro ! No soy abogado pero aporto lo que puedo, en este hilo, por lo que se estudia de Legislación en los títulos de recreo. Dispuesto a que otros de este foro, con mas conocimientos nos ilustren. 1 / No se trata de distinguir a un GC de tierra o de mar. Que entiendo es el error de base del hilo. TODOS son Guardias Civiles solo que internamente se les dota de unos medios ( barcos, alcoholímetros o motos para montaña PERO las funciones de TODA la GC están claras en la Ley mencionada anteriormente.) Y toda la GC tiene las mismas funciones y obligaciones. 2 / ¿ Y si llevas bandera belga ?. Pues entiendo que lo mismo que un turista Belga , con pasaporte belga, en territorio nacional, en TIERRA. Que las leyes españolas son de aplicación en España y su mar territorial y si está prohibido circular a mas de 120 km por hora en autovía, te multan aunque seas ruso o belga, con bandera rusa, pasaporte ruso, incluso aunque te llames Ivanov. Igual con un barco de bandera rusa o belga. Cosa distinta es que se permita el " paso inocente" de barcos por aguas territoriales españolas pero cumpliendo las leyes nacionales del país en materia de orden público, sanidad, FISCAL, pesca etc.
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"Busquemos lo que es mejor, no lo que es más común, o frecuente, y lo que nos lleve a la posesión de la felicidad" Del filósofo Séneca (Córdoba, Hispania 4 a.C. - Roma 65 d.C.) |
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#7
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Cita:
En el punto 2/¿Y si lleva bandera Belga? me parece que te equivocas al equiparar al turista belga en tierra con el patrón de un barco con bandera belga. No se rigen por las mismas leyes. En esta taberna ya se ha discutido bastante sobre ese hecho. Los únicos autorizados para inspeccionar (registrar) un barco con bandera belga son los de aduanas, siempre y cuando no hubiera flagrante delito. Si la guardia civil subiera a bordo sin permiso, podria incluso producir un incidente diplomático. Un saludo y ![]() |
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LOBA (23-08-2014) | ||
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#8
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Yo creo que si, todos hacen la misma función, solo cambian los medios que se les facilita
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#9
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[quote=LOBA;1686573]
![]() ! Aclaro ! No soy abogado pero aporto lo que puedo, en este hilo, por lo que se estudia de Legislación en los títulos de recreo. Dispuesto a que otros de este foro, con mas conocimientos nos ilustren. 1 / No se trata de distinguir a un GC de tierra o de mar. Que entiendo es el error de base del hilo. TODOS son Guardias Civiles solo que internamente se les dota de unos medios ( barcos, alcoholímetros o motos para montaña PERO las funciones de TODA la GC están claras en la Ley mencionada anteriormente.) Y toda la GC tiene las mismas funciones y obligaciones. 2 / ¿ Y si llevas bandera belga ?. Pues entiendo que lo mismo que un turista Belga , con pasaporte belga, en territorio nacional, en TIERRA. Que las leyes españolas son de aplicación en España y su mar territorial y si está prohibido circular a mas de 120 km por hora en autovía, te multan aunque seas ruso o belga, con bandera rusa, pasaporte ruso, incluso aunque te llames Ivanov. Igual con un barco de bandera rusa o belga. Creo que estás equivocado y hay varios hilos, muy bien documentados al respecto que te aconsejo que consultes Según el artículo 10.2 del Codigo Civil: "Los buques aeronaves y los medios de transporte por ferrocarril...quedarán sometidos a la ley del lugar de su abanderamiento, matrícula o registro. Los automóviles y otro medios de transporte por carretera, quedarán sometidos a la ley del lugar donde se hallen" |
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LOBA (23-08-2014) | ||
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#10
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Y según el artículo 12 de la ley de navegación:
Artículo 12. Jurisdicción sobre buques extranjeros. 1. Salvo lo previsto para los buques de Estado, la jurisdicción civil y penal de los tribunales españoles se extenderá a todos los buques extranjeros mientras permanezcan en los puertos nacionales o demás aguas interiores marítimas. 2. A tal efecto, la autoridad judicial podrá ordenar la práctica a bordo de las diligencias que sean procedentes así como la entrada y registro en el buque, incluidos sus camarotes, sin más requisito que la comunicación al cónsul del Estado del pabellón a la mayor brevedad posible. 3. La jurisdicción de los tribunales españoles existirá incluso después de que los buques extranjeros hayan abandonado las aguas interiores marítimas y se encuentren navegando por el mar territorial, así como cuando sean detenidos fuera de éste en el ejercicio del derecho de persecución. A ver si dejamos de confundir al personal |
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LOBA (23-08-2014) | ||
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#11
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[quote=barbanegra;1686789]
Cita:
Por ejemplo, si vas con bandera belga, o inglesa, o francesa, no tienen competencias para inspeccionar tu equipo de seguridad, radiocomunicaciones , zona de navegación si la tuvieras o titulación si el estado de bandera no la exige, de hecho, en principio no pueden comprobar tan siquiera si llevas la titulación del estado de bandera. Pero sí pueden, si quieren, inspeccionar si llevas tanque de aguas negras o meterte un puro por fondear en zona prohibida, etc ... De hecho, en Turquía, si llegas con un barco sin tanque KK, directamente te precintan el inodoro, y ni te cuento la que te puede caer como se te ocurra quitar el precinto. ![]() ![]() salud!!! |
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#12
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Cita:
![]() Sin ser ningún experto, aporto mi opinión “Las funciones que la Ley Orgánica 2/1986 de 13/03 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad atribuye al Cuerpo de la Guardia Civil se ejercerán en las aguas marítimas españolas hasta el límite exterior del mar territorial determinado en la legislación vigente y, excepcionalmente, fuera del mar territorial, de acuerdo con lo que se establece en los tratados internacionales”. Concretamente el art.11 determina sus funciones, que básicamente es " velar por el cumplimiento de las leyes" La duda que planteas creo que es originada por la distinción que haces entre GC de tierra o GC de mar, cuando todo es GC y sus funciones, reguladas por ley, son para TODA la GC ! salvo error ! Cosa distinta es que internamente se especialicen en mar o montaña, narcotráfico etc PERO la ley no distingue, entre una Guardia Civil para unas cosas y otro cuerpo distinto, con otras funciones para otras cosas.
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"Busquemos lo que es mejor, no lo que es más común, o frecuente, y lo que nos lleve a la posesión de la felicidad" Del filósofo Séneca (Córdoba, Hispania 4 a.C. - Roma 65 d.C.) |
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barbarella (21-08-2014), Capt_Haddock (22-08-2014) | ||
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#13
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Y mi pregunta es, ¿pueden entrar a mirarte por dentro?. Creo que en autocaravanas no, por ser veiculo vivienda...
. Para entrar hace falta la autirizacion de un juez... |
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#14
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¿ a qué llamas mirarte POR DENTRO ?
![]() ! es broma !
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"Busquemos lo que es mejor, no lo que es más común, o frecuente, y lo que nos lleve a la posesión de la felicidad" Del filósofo Séneca (Córdoba, Hispania 4 a.C. - Roma 65 d.C.) |
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#15
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![]() ....del barco ![]() |
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#16
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Los espacios de cabina que permiten hacer vida a bordo pueden tener la misma protección que el domicilio habitual, por lo tanto no pueden registrarse salvo autorización expresa del propietario o usuario de las mismas, excepciones que prevé la ley u orden judicial. Quedan fuera de protección el resto de espacios de la embarcación, es decir cubierta y bañera por ejemplo. En cualquier caso no suele ser habitual que en las inspecciones los GC,s embarquen en la embarcación controlada, ni si queira cuando se hace en puerto.
Saludo y buena mar ![]() ![]()
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Carpe mare ![]()
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#17
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EDITO: Publicado por error
Editado por Mr_River_X en 22-08-2014 a las 00:28. |
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#18
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![]() “Las funciones que la Ley Orgánica 2/1986 de 13/03 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad atribuye al Cuerpo de la Guardia Civil se ejercerán en las aguas marítimas españolas hasta el límite exterior del mar territorial determinado en la legislación vigente y, excepcionalmente, fuera del mar territorial, de acuerdo con lo que se establece en los tratados internacionales”. Concretamente el art.11 determina sus funciones, que básicamente es " velar por el cumplimiento de las leyes" ¿y con bandera belga? ![]()
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Por la gratuidad de las boyas en los campos de posidonia.:
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