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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#19
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(Aviso: lo que diré a continuación lo hago sin haberme leído toda la normativa autonómica y estatal, solo a la vista de lo que se explica en la guía informativa 2014 de la Conselleria).
Lo curioso, en el caso de Baleares y en particular de Mallorca, es que las aguas interiores són esencialmente las áreas comprendidas entre Andratx y Cabrera y entre Formentor y Cala Ratjada. En cambio, no se consideran aguas interiores las de la costa oeste (Sierra de Tramuntana) y casi nada en la costa este. En Menorca la zona de aguas interiores es apenas la primera milla (o menos según la zona) desde la costa. Y digo yo... si la licencia de pesca autonómica es válida sólo para aguas interiores (que es donde tiene competencia la autonomía)... ¿no nos estarán tomando el pelo y, en el caso de Mallorca prácticamente solo es válida en las bahías? Si es así y pescas en Sóller no necesitarás licencia ![]() Más aun: los/las inspectores/as del gobierno balear a veces se pasean por los puertos vestidos/as de paisano (para pillarte desprevenido más que nada jejeje) y ya en tierra te piden la licencia. ¿Cómo demuestras si has estado pescando en aguas interiores o exteriores? ![]()
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De Gregal o de Mestral, de Llebeig o de Xaloc...
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