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Re: RD 875/2014, de 10 de octubre, se regulan las titulaciones náuticas
: cunao: al final te has dado cuenta de tu error?
Cita:
Originalmente publicado por pil pil
de un vistazo rápido ya veo la primera objeción cuando rompe el principio de bandera de la embarcación por el principio de la persona para la regulación de títulos . Por tanto si eres español aunque navegues bajo pabellón Belga, Holandés u otro tienes que tener titulación española. En mi humilde opinión esto es ilegal.