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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#11
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No es siempre necesario tener un título para gobernar una embarcación:
"NO SE NECESITARÁ TITULACIÓN NÁUTICA DE RECREO Para el gobierno de embarcaciones a motor con una potencia máxima de 11,26 kilovatios y hasta 5 metros de eslora, las de vela hasta 6 metros de eslora y los artefactos flotantes o de playa, a excepción de las motos náuticas, siempre que no se alejen más de 2 millas náuticas de un puerto, marina o lugar de abrigo y la actividad se realice en régimen de navegación diurna. Los interesados deberán haber cumplido 18 años de edad. No será necesario cumplir con los requisitos de edad ni de titulación regulados en este real decreto a efectos de la preparación y participación en competiciones marítimo-deportivas oficiales." http://www.fomento.gob.es/MFOM/LANG_...nes_de_Recreo/ Y las regatas pueden ser en Alta Mar e incluso Oceánicas. Con respecto al RIPA, hay países que lo han suscrito y no exigen título para gobernar un velero del tamaño que sea (Francia). Lo que exigen es que se tengan los conocimientos necesarios, y eso se comprobará después de un siniestro, no antes. En uno de los barco en que navego, el tripulante más antiguo no tiene ningún tipo de titulación náutica, pero lleva más de 20 años navegando con el capitán en sus distintos barcos, y te puedo asegurar que es totalmente capaz de gobernar el velero, más que muchos CY, PPER, y Pilotos de MM que han subido a él. Por supuesto que el capi está siempre supervisándolo todo, cuando va aquél al timón y también cuando vamos cualquiera de los demás, por mucho título que tengamos; y, lo mejor de todo, es que no se nota que lo hace. ![]() |
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