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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#1
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Pues eso, queda prohibido el jigging y el curricán de fondo en Canarias.
Les dejo el BOE de hoy, artículo 4. https://www.boe.es/boe/dias/2015/12/...2015-13003.pdf |
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#2
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Puntualizando, la ley sólo se aplica a las aguas exteriores (Art. 1), quedando las interiores fuera de esta ley y, por lo tanto, permitiéndose el jigging y el curricán de fondo... hasta que lo cambien claro.
En las siguientes imágenes pueden ver cuales son las aguas interiores en Canarias: ![]() ![]() |
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#3
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Lo que más me extraña es lo del jigging que parece una modalidad muy inocua (no se arrastra) y selectiva (teóricamente no entran alevines).
En cuanto a los depresores, entiendo que se refiere a tablillas profundizadoras, el uso de monel, y sistemas de plomado también se consideran como tal? Saludos ![]() |
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#4
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Hola a tod@s:
http://www.boe.es/boe/dias/2015/12/0...2015-13003.pdf Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación. 1. La presente orden tiene por objeto regular el ejercicio de la pesca que realicen los buques de pabellón español en las aguas exteriores del caladero nacional de Canarias. 2. Las normas contenidas en la presente orden serán de aplicación a los buques de pabellón español inscritos en el Censo de la Flota Pesquera Operativa, censados en las modalidades autorizadas en esta orden para el caladero de Canarias. 3. La presente norma no será de aplicación a los buques pertenecientes al censo unificado de palangre de superficie conforme a la Orden AAA/658/2014, que se regularán por lo establecido en la misma en su actividad en aguas exteriores del caladero nacional de Canarias. 4. La pesquería del atún rojo se regirá por lo dispuesto en la Orden AAA/642/2013, de 18 de abril, por la que se regula la pesquería de atún rojo en el Atlántico Oriental y Mediterráneo. Me niego a seguir leyendo esta orden ; pero al que le interese que mire si habla algo de pesca deportiva o recreativa.Supongo que estará regulada en la normativa autonómica. Saludos y ronda doble ![]() ![]() |
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#5
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Aparte ya existen los cupos, no entiendo esta ley... (igual que otras tantas)
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"Born to sail, but forced to work..." |
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#6
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Cita:
Se prohíbe: a) Cualquier forma de pesca de arrastre, tanto si se realiza con arte remolcado por embarcación como si se practica sin embarcación desde la orilla. b) La práctica del «jigging», consistente en una modalidad de pesca desde embarcación según la cual se dejan caer libremente al fondo uno o más señuelos plomados que son recuperados con movimientos rítmicos del sedal, al tiempo que se ejerce una acción sincronizada a través de las flexiones de la caña para simular a un pez que huye erráticamente hasta la superficie. c) Cuando se utilice el curricán o currica, se prohíbe el uso de depresores que permitan que el aparejo pesque por el fondo. Las prohibiciones recogidas en los apartados b) y c) afectarán también a la práctica de la pesca recreativa Entre prohibiciones y licencias cada vez más caras... ![]() Saludos |
| Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Ricardo.C | ||
Azimut000 (03-12-2015) | ||
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#7
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Hola.... entonces la ley no afecta en caso de estar pescando en aguas interiores?
En cualquier caso me consta que ya se están movilizando los mas afectados... tiendas y proveedores apoyados de los clubes de pesca. Este tema me indigna mucho y creo que evidencia el paletismo de algunos que están por ahí arriba al tomar estas decisiones: En base a que prohíben la modalidad?;Se ha hecho un estudio para ver el impacto de esta pesca, que considero mas selectica que otras modalidades? Porque prohíben esto y a los profesionales se lws aumwntan el numero de nasas? Tenemos que esperar a que los recreativos nos prohíban pescar para ver que son los profesionales los que realmente hacen mucho mas daño al ecosistema? ....En fin una mas de tantas que espero podamos parar Rones a mi cuenta para seguir hablando del tema. |
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#8
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Se basea en lo que reclama el sector profisional.
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"Born to sail, but forced to work..." |
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#9
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Ministra de Agricultura, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente, Isabel García Tejerina.: Derogar la prohibición de la práctica del jigging en Canarias - ¡Firma la petición!
https://www.change.org/p/ministra-de...edium=whatsapp |
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#10
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"El Gobierno canario pedirá la suspensión cautelar de la nueva orden de pesca"
http://eldia.es/2015-12-03/canarias/canarias13.htm ![]() |
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#11
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No entiendo
" en aguas exteriores del caladero nacional de canarias" Y "Se prohíbe: a) Cualquier forma de pesca de arrastre, tanto si se realiza con arte remolcado por embarcación como si se practica sin embarcación desde la orilla." no me cuadra como se puede lanzar a aguas exteriores desde la orilla. |
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#12
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Cita:
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#13
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Entiendo que el sector profesional barra para casa, aunque no comparto que lo hagan echando la culpa a los recreativos.
Lo que no me cuadra del todo es que la "cabeza pensante" saque la ley sin tener datos o estudios de impacto. Al final volverán a permitir la pesca a jigging por todas las presiones que les deben estar llegando, eso sí, previo pago por un nuevo tipo de licencia para practicar la modalidad.. ![]() |
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#14
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feliz año a todos los foreros, la pagina para intentar derogar esta ley es:
http://www.change.org/p/ministra-de-...ail_responsive animo que hoy les ha tocado a nuestros compañeros canarios pero es que despues vamos nosotros a corto plazo echémosle una mano que vamos en el mismo barco. ![]() |
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Ver todos los foros en uno |
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