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  #1  
Antiguo 15-12-2015, 21:31
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Predeterminado Reglamento RIPA: Diferencia "en arrancada" y "en navegación"

Buenas,

Estudiando el reglament RIPA, veo que las luces varían de un tipo de buque a otro con las expresiones "en arrancada" y "en navegación".

No entiendo si EN ARRANCADA implica movimiento de navegación o no, o simplemente con el hecho de estar arrancado en medio del mar ya le obliga a tener las luces indicadas encendidas.

Gracias por vuestra ayuda. Un saludo.
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  #2  
Antiguo 15-12-2015, 22:24
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Predeterminado Re: Reglamento RIPA: Diferencia "en arrancada" y "en navegación"

Creo que te contestas tu mismo... : "en arrancada" y "en navegación".


Esperando de mejores respuestas de Patrones que yo...

Editado por Jordi BMW en 16-12-2015 a las 13:52.
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  #3  
Antiguo 15-12-2015, 22:59
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Predeterminado Re: Reglamento RIPA: Diferencia "en arrancada" y "en navegación"

Pues la definición está en el mismo RIPA:

Buque en navegación: NI fondeado, NI amarrado, NI varado (aun sin arrancada)

Es decir, puede estar en navegación sin arrancada.
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  #4  
Antiguo 15-12-2015, 23:00
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Predeterminado Reglamento RIPA: Diferencia "en arrancada" y "en navegación"

Entiendo que navegando es cuando tienes gobierno, si con arrancada tienes gobierno estas navegando......
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  #5  
Antiguo 15-12-2015, 23:13
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Predeterminado Re: Reglamento RIPA: Diferencia "en arrancada" y "en navegación"

Cita:
Originalmente publicado por jomogar3 Ver mensaje
Entiendo que navegando es cuando tienes gobierno, si con arrancada tienes gobierno estas navegando......
No, estás navegando cuando ni estás fondeado, ni amarrado ni varado, nada que ver si tienes arrancada o gobierno.
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  #6  
Antiguo 15-12-2015, 23:30
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Predeterminado Reglamento RIPA: Diferencia "en arrancada" y "en navegación"

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Originalmente publicado por Akakus Ver mensaje
No, estás navegando cuando ni estás fondeado, ni amarrado ni varado, nada que ver si tienes arrancada o gobierno.

Cierto, era por aclarar que con arrancada necesitas luz, aunque fondeado también aunque sean otras.....de todas formas, ¿no es rizar el rizo?
Yo navego y si es de noche enciendo las luces.....hace tiempo que me examiné......
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  #7  
Antiguo 16-12-2015, 00:43
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Predeterminado Re: Reglamento RIPA: Diferencia "en arrancada" y "en navegación"

Si el barco tiene "arrancada" se está desplazando, ya sea con o sin gobierno, por lo tanto debe llevar las luces correspondientes a una embarcación con gobierno, restringido o sin gobierno.

Por otro lado navegar es desplazarse por el mar o por el aire con gobierno, ya que sin gobierno no navegas, solo flotas como una tabla en movimiento, igual que una piedra que cae no "navega" por el aire, solo cae sin gobierno.

Hay tantas definicones de "arrancada" en los diccionarios como número de diccionarios y cada uno la suya.

Una definición general sería: cambio brusco de la velocidad actual, ya sea de parado a marcha o desde la marcha actual acelerando bruscamente.

Eso querría decir que si estás parado o navegando con gobierno y das un acelerón estás dando "arrancada" y "ganando arrancada", en este segundo caso como sinónimo de velocidad.
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  #8  
Antiguo 16-12-2015, 01:18
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Predeterminado Re: Reglamento RIPA: Diferencia "en arrancada" y "en navegación"

Cita:
Originalmente publicado por LSV Ver mensaje
Si el barco tiene "arrancada" se está desplazando, ya sea con o sin gobierno, por lo tanto debe llevar las luces correspondientes a una embarcación con gobierno, restringido o sin gobierno.

Por otro lado navegar es desplazarse por el mar o por el aire con gobierno, ya que sin gobierno no navegas, solo flotas como una tabla en movimiento, igual que una piedra que cae no "navega" por el aire, solo cae sin gobierno.

Hay tantas definicones de "arrancada" en los diccionarios como número de diccionarios y cada uno la suya.

Una definición general sería: cambio brusco de la velocidad actual, ya sea de parado a marcha o desde la marcha actual acelerando bruscamente.

Eso querría decir que si estás parado o navegando con gobierno y das un acelerón estás dando "arrancada" y "ganando arrancada", en este segundo caso como sinónimo de velocidad.
Pero aquí hablamos del RIPA, no de otras definiciones. Y en estos dos conceptos es, afortunadamente, muy claro.

La definición de navegar que das no tiene nada que ver con la del RIPA. La definición de buque en navegación del RIPA es independiente de si tiene gobierno o no, o arrancada. Otra cosa es el lenguaje coloquial, pero quien abrió el hilo no habla de eso.
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Los siguientes cofrades agradecieron este mensaje a Akakus
jiauka (16-12-2015)
  #9  
Antiguo 16-12-2015, 01:30
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Predeterminado Re: Reglamento RIPA: Diferencia "en arrancada" y "en navegación"

Cita:
Originalmente publicado por Romix69 Ver mensaje
Buenas,

Estudiando el reglament RIPA, veo que las luces varían de un tipo de buque a otro con las expresiones "en arrancada" y "en navegación".

No entiendo si EN ARRANCADA implica movimiento de navegación o no, o simplemente con el hecho de estar arrancado en medio del mar ya le obliga a tener las luces indicadas encendidas.

Gracias por vuestra ayuda. Un saludo.
No varian las luces, como bien ha dicho Akakus, 1 buque en navegación es el que no está "ni fondeado, ni varado ni amarrado" tenga o NO arrancada.

La única diferencia en 1 buque navegando con o sin arrancada es con las señales ACÚSTICAS en caso de visibilidad reducida -niebla-, que son 1 larga cada 2 minutos si tiene arrancada o 2 largas cada 2 minutos si no la tiene. Pero en cuanto a LUCES, no se distingue si tiene arrancada o no.

Y para que se entienda, supongamos que en el estrecho de gibraltar hay poniente y marea entrante con 1 corriente de 8 nudos, algo habitual. 1 buque fondeado en medio del estrecho de Gibraltar NO está navegando, y obviamente está parado (si no garrea), pero 1 buue con los motores parados está navegando SIN arrancada, a pesar de que va a ocho nudos ya que lo lo corriente lo mueve.

Editado por jiauka en 16-12-2015 a las 01:36.
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2 Cofrades agradecieron a jiauka este mensaje:
Keith11 (17-12-2015), LSV (12-06-2019)
  #10  
Antiguo 16-12-2015, 12:14
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Predeterminado Re: Reglamento RIPA: Diferencia "en arrancada" y "en navegación"

Increible, el RIPA es muy claro al respecto, y el lenguaje propio de la gente de mar también, otra cosa es la contaminación habida por la equiparación del gobierno de embarcaciones con la práctica diaria de conducir automóviles, que como los gases, tiende a ocupar todo el espacio.
En lo que nos concierne, un barco de recreo, de noche y al pairo, está en navegación al igual que un barco con arrancada de noche, por lo que ambos llevan las mismas luces.
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No llores nunca al sol que se va, las lágrimas te impedirán ver la KK que hay en el suelo.
De todas formas es igual que llores o no, estará todo oscuro y la pisarás igual.
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  #11  
Antiguo 16-12-2015, 13:13
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Predeterminado Re: Reglamento RIPA: Diferencia "en arrancada" y "en navegación"

Buenas tardes:

El RIPA diferencia de manera clara, "en navegación", "con arrancada" y sin "arrancada", y no todo los buques llevan las mismas luces "con arrancada" que "sin arrancada", por ejemplo entre otros, un buque SIN GOBIERNO cuando van con arrancada deben llevar las de costado y alcance, mientras que si no lleva arrancada, a pesar de considerarse que se encuentra en navegación, solo deberán llevar las dos luces rojas todo horizonte en un lugar bien visible tal cual indica la Regla 27.

Saludos

Guillermo

Editado por GNA1950 en 16-12-2015 a las 13:29. Razón: corrección gramatical
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  #12  
Antiguo 17-12-2015, 14:29
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Predeterminado Re: Reglamento RIPA: Diferencia "en arrancada" y "en navegación"

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Originalmente publicado por GNA1950 Ver mensaje
Buenas tardes:

El RIPA diferencia de manera clara, "en navegación", "con arrancada" y sin "arrancada", y no todo los buques llevan las mismas luces "con arrancada" que "sin arrancada", por ejemplo entre otros, un buque SIN GOBIERNO cuando van con arrancada deben llevar las de costado y alcance, mientras que si no lleva arrancada, a pesar de considerarse que se encuentra en navegación, solo deberán llevar las dos luces rojas todo horizonte en un lugar bien visible tal cual indica la Regla 27.

Saludos

Guillermo
Buenas tardes.
Guillermo, podría decirse entonces que las luces de arrancada son costados y alcance?
Un saludo.
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  #13  
Antiguo 17-12-2015, 19:58
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GNA1950
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Predeterminado Re: Reglamento RIPA: Diferencia "en arrancada" y "en navegación"

Cita:
Originalmente publicado por SAMORP Ver mensaje
Buenas tardes.
Guillermo, podría decirse entonces que las luces de arrancada son costados y alcance?
Un saludo.
Buenas noches SAMORP:

No es exactamente así, y no lo es porque por ejemplo cuando nos encontramos con la Regla 23 donde se regula los "Buques de propulsión mecánica en navegación" o la Regla 25 "Buques de vela en navegación" no se distingue con o sin arrancada, lógicamente porque ya ambos enunciados de ambas reglas así lo especifican al expresar "en navegación". Por lo que este tipo de buque cuando este "sin arrancada" debe también llevar encendidas la de alcance y costado.

Saludos

Guillermo
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  #14  
Antiguo 17-12-2015, 20:40
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Predeterminado Re: Reglamento RIPA: Diferencia "en arrancada" y "en navegación"

[quote=GNA1950;1860580]Buenas tardes:
todo los buques llevan las mismas luces "con arrancada" que "sin arrancada", por ejemplo otros, un buque SIN GOBIERNO cuando van con arrancada deben llevar las de costado y alcance, mientras que si no lleva arrancada, a pesar de considerarse que se encuentra en navegación, solo deberán llevar las dos luces rojas todo horizonte en un lugar bien visible tal cual indica la Regla 27.

Saludos

Guillermo[/QUOT..,
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  #15  
Antiguo 17-12-2015, 20:54
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Predeterminado Re: Reglamento RIPA: Diferencia "en arrancada" y "en navegación"

[quote=jiauka;1861026]
Cita:
Originalmente publicado por GNA1950 Ver mensaje
Buenas tardes:
todo los buques llevan las mismas luces "con arrancada" que "sin arrancada", por ejemplo otros, un buque SIN GOBIERNO cuando van con arrancada deben llevar las de costado y alcance, mientras que si no lleva arrancada, a pesar de considerarse que se encuentra en navegación, solo deberán llevar las dos luces rojas todo horizonte en un lugar bien visible tal cual indica la Regla 27.

Saludos

Guillermo[/QUOT..,
Buenas noches:

No se lo que quieres decir, mi comentario completo es:

..... y no todo los buques llevan las mismas luces "con arrancada" que "sin arrancada", por ejemplo entre otros, un buque SIN GOBIERNO cuando van con arrancada deben llevar las de costado y alcance, mientras que si no lleva arrancada, a pesar de considerarse que se encuentra en navegación, solo deberán llevar las dos luces rojas todo horizonte en un lugar bien visible tal cual indica la Regla 27.

Saludos

Guillermo
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  #16  
Antiguo 11-01-2016, 22:46
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Predeterminado Re: Reglamento RIPA: Diferencia "en arrancada" y "en navegación"

muchas gracias a todos, me quedó muy claro con vuestras explicaciones.
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  #17  
Antiguo 07-06-2019, 13:12
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Predeterminado Re: Reglamento RIPA: Diferencia "en arrancada" y "en navegación"

En la redacción original del RIPA (COLREGs) la expresión que en castellano traducimos como "arrancada" es "making way through the water": algo que creo que se puede traducir como "haciendo camino a través del agua" o "moviéndose sobre o por el agua".

La expresión "en navegación" se aplica a un buque que no esté ni fondeado, ni amarrado a tierra, ni varado. En el original "The word "underway" means that a vessel is not at anchor, or made fast to the shore, or aground."

De todo esto interpreto (pero confieso que sin total certeza):

A/ Que un barco fondeado, o mejor dicho, con su ancla y su cadena en el fondo, pero que esté garreando, está en navegación y también lleva arrancada.

B/ Que un barco sin velocidad sobre el agua, pero derivando en una corriente, se encuentra en navegación pero no lleva arrancada.
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  #18  
Antiguo 07-06-2019, 16:08
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Predeterminado Re: Reglamento RIPA: Diferencia "en arrancada" y "en navegación"

A/ Que un barco fondeado, o mejor dicho, con su ancla y su cadena en el fondo, pero que esté garreando, está en navegación y también lleva arrancada.
Pues para mí que no está en navegación aunque lleve arrancada; lo que sí se puede considerar es “sin gobierno” (¡toma ya!)

B/ Que un barco sin velocidad sobre el agua, pero derivando en una corriente, se encuentra en navegación pero no lleva arrancada.[/quote]
Un barco llevado por la corriente (por ejemplo, en un rio), puede marcar cero en la corredera, pero obviamente, se encuentra en navegación a todos los efectos (aunque además puede estar a la deriva, peligrosamente sin gobierno, y desplazarse a cinco nudos ó mas de SOG).

"para un marino, un río siempre es un reto". (Comandante Bellido).
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  #19  
Antiguo 07-06-2019, 16:16
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Predeterminado Reglamento RIPA: Diferencia "en arrancada" y "en navegación"

Xenofonte, eso tampoco es correcto ya que un barco con posicionamiento dinámico fondea sin ancla y mantiene su posición navegando y corrigiendo su deriva y/o abatimiento variando su arrancada.
odra cofita
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  #20  
Antiguo 07-06-2019, 16:19
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¡Manda carallo, abofé que inda vas tér razón!
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  #21  
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Originalmente publicado por Xenofonte Ver mensaje
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  #22  
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un buque puede estar en movimiento, pero sin gobierno. Eso puede ser en arrancada.

y otro puede estar en movimiento y con gobierno. Esto puede se navegando.

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