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| VHF: Canal 77 |    | ![]() |
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#14
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Cita:
No puedo estar más en desacuerdo con lo que dices: Aquí no hay embarcaciones "fuera de la ley". Todos los que hemos abanderado en el extranjero (no sólo en Bélgica u Holanda) lo hemos hecho de acuerdo con ciertos derechos que la UE nos ha concedido como ciudadanos, y que los Estados Miembros no pueden dejar de reconocer. Si el Estado español me permite solicitar la baja de bandera y el Estado belga me permite abanderar es, precisamente, con sujeción a esos derechos y de acuerdo con las normas que sobre el particular dictan los Estados Miembros de la UE, España y Bélgica en este caso. Todos los impuestos y tasas que pide la Ley (la española y la belga) están legalmente pagados. Todos los requisitos obligatorios que me pedía la normativa española fueron cumplimentados en su momento, y todos los que pide la normativa belga, lo son ahora. Y aquí también incluyo otro que exige la normativa española, cual es la posesión de un título para navegar en sus aguas territoriales. Y ahora dime: ¿qué legislación estoy -estamos- eludiendo los que hemos abanderado en el extranjero? Saludos y ![]()
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Navigare necesse est. Vivere non est necesse. (Pompeyo) Si damos bordos de menos de 180º, llegaremos a algún sitio... (anónimo) |
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| bandera belga |
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